Gobierno publica en el DOF reforma en materia de prisión preventiva oficiosa; entra en vigor el 1 de enero de 2025
El Ministerio Público sólo podrá solicitar la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no garanticen la comparecencia del imputado, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos y de la comunidad