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El Estado de México cuenta con su propio Reglamento de Tránsito, así que si visitas, vives o trabajas en esta demarcación, aquí te compartimos un listado de las causas por las que pueden llevar tu auto al corralón.
Esta información te será de gran ayuda para conocer qué infracciones ameritan que retengan tu coche en el depósito y puedas evitar que algún agente de tránsito quiera engañarte.
¿En qué lugares está prohibido estacionarse en el Edomex?
Uno de los principales motivos por lo que se pueden llevar un auto al corralón inesperadamente se debe a que los conductores se estacionan en un lugar prohibido.
Por eso a continuación te decimos en qué lugares está prohibido estacionarse, según el artículo 100 del Reglamento de Tránsito del Edomex:
- En los accesos de entrada y salida de las estaciones de bomberos, de los hospitales, de las instalaciones militares, de los edificios de policía y tránsito, así como de las terminales de transporte público de pasajeros y carga.
- En las aceras, camellones, andadores y otras vías reservadas a los peatones.
- En más de una fila.
- Frente a una entrada de vehículo, excepto la de su domicilio.
- En la zona de ascenso y descenso de pasajeros de vehículos de transporte público.
- En las vías de circulación continua o frente a sus salidas.
- En lugares en donde se obstruya la visibilidad de señales de tránsito a los demás conductores.
- Sobre cualquier puente o estructura elevada de una vía o el interior de un túnel.
- A menos de 5 metros del riel más cercano de un cruce ferroviario.
- A menos de 50 metros de un vehículo estacionado en el lado opuesto en una carretera de no más de dos carriles y doble sentido de circulación.
- A menos de 100 metros de una curva o cima sin visibilidad.
- En las áreas de cruce de peatones, marcados o no en el pavimento.
- En las zonas en que el estacionamiento se encuentre sujeto a sistema de cobro, sin haber efectuado el pago correspondiente.
- En las zonas autorizadas de carga y descarga sin realizar esta actividad.
- En sentido contrario.
- En carreteras y vialidades de tránsito continuo, así como en el carril confinado o de contraflujo de uso exclusivo para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad y trolebuses.
- Frente a estacionamientos bancarios que manejen valores.
- Frente a rampas especiales de acceso a la banqueta para personas en situación de discapacidad.
- En general en todos aquellas zonas o vías públicas en donde exista un señalamiento que prohíba estacionarse.
La multa en estos casos es de 1,924 pesos. Además, si estacionas tu auto en alguno de los lugares prohibidos podrían llevarlo al corralón, así que lo recomendable es prestar atención antes de dejar tu vehículo.
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Causas por las que se pueden llevar tu auto al corralón en el Edomex
Por otro lado, el Artículo 106 bis, señala que ninguna persona puede conducir autos por la vía pública si tiene una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro, de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro, o bajo el influjo de enervantes, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o tóxicas. Así que manejar en estado de ebriedad o bajo el efecto de dichas sustancias amerita llevarse el auto al corralón. En tales casos, la multa es de 3 mil 457 pesos.
Además, el Artículo 118 menciona que procederá la retención de cualquier vehículo, remitiéndolo de inmediato al corralón más cercano, en los siguientes casos:
- Por circular con placas de matriculación que no estén vigentes.
- Cuando al vehículo le falten ambas placas, o el documento que justifique la omisión. La multa que se paga por dicha infracción es de 3 mil 457 pesos.
- Cuando las placas del vehículo no coincidan con la calcomanía o la tarjeta de circulación. En tales casos la persona propietaria del auto tendrá que pagar una multa de 20 UMAS correspondiente a 3 mil 457 pesos.
- Por participar en un accidente de tránsito en el que se produzcan hechos que pudiesen configurar delito. En dicho caso la multa es de 3 mil 457 pesos.
- Por prestar el servicio de transporte público sin la debida autorización.
- Por no cumplir con la verificación vehicular obligatoria, ser ostensiblemente contaminante o por circular cuando por restricción de carácter ambiental no le corresponda. Casos en los que se sanciona con una multa de 3 mil 457 pesos.
Finalmente, el Artículo 118 bis del Reglamento de Tránsito del Edomex, determina que para la devolución del auto en los corralones es indispensable la comprobación de la posesión legal del vehículo, así como realizar el pago previo de las multas establecidas y la exhibición de la licencia de conducir vigente, en original y copia.
Esperamos que esta información te sea de gran ayuda.
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