Una de las preocupaciones más importantes para cualquier conductor en la CDMX es ser acreedor a una multa ya que esto representa tener que pagar. Pero es aún peor cuando se trata de medidas más drásticas, por ejemplo, que se lleven el vehículo al corralón . Muchos podrían pensar que dicha sanción solo aplica para los autos, pero las motos no están excentas y te decimos las razones por las que podrían llevarla al depósito .
Si transitas por las avenidas y calles de la Ciudad de México en una motocicleta , es necesario que conozcas las sanciones e infracciones que te aplican, ya sea por rebasar límites de velocidad, no traer el equipo de seguridad adecuado o incluso por modificar tu vehículo
Para que no te tomen desprevenido, aquí te explicamos cuáles son las multas que aplican a las motos y en qué casos será remitida al corralón .
En varios artículos del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México se mencionan las infracciones que todo motociclista debe tener en cuenta para evitar que su moto sea llevada al depósito vehicular. Por ejemplo:
- El artículo 30 establece que está prohibido estacionarse sobre las vías peatonales y primarias, especialmente en banquetas, cruces peatonales o vías exclusivas para los ciclistas. La multa equivale de 10 a 20 UMAS, es decir, entre 962 y 1,924 pesos.
- También las motocicletas que se estacionen en carriles exclusivos confinados o prioritarios para el transporte público serán llevadas al corralón y se deberá pagar una multa de 20 a 30 UMAS, una cifra que va desde 1,924 a los 2,886 pesos.
- Estacionarse frente a establecimientos bancarios e hidratantes de los bomberos, así como entradas y salidas de vehículos de emergencia, estacionamientos públicos y gasolineras. El monto económico a pagar es de 10 a 20 UMAS, es decir, entre 962 y 1,924 pesos.
A su vez, el artículo 34 del reglamento menciona que:
Organizar o participar en competencias de altas velocidad, además de realizar acrobacias o maniobras riesgosas son motivo para llevar la moto a un depósito vehicular, además de sumar un arresto administrativo por un periodo de entre 20 a 36 horas, esto depende de lo que determinen las autoridades.
Foto: Pixabay
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Además de las infracciones anteriores existen otras penalizaciones por las cuales tu moto puede ser acreedora a una multa :
El Artículo 43 del reglamento señala que, modificar el sistema de escape de gases para aumentar el sonido de este te hace responsable de una infracción .
Por otro lado, el artículo 45 hace hincapié en que todos los vehículos motorizados deben portar, la matricula frontal y posterior, además de los permisos vigentes. En el caso de las motos , las placas deben estar colocadas en la parte trasera del vehículo en una posición de entre 60° y 120° con base en su eje horizontal.
La multa económica por infringir ambas normas es equivalente de 20 a 30 UMAS, es decir entre 1,924 a los 2,886 pesos.
Otra infracción que puedes adquirir es la que señala el artículo 37 en donde se mencionan las medidas de seguridad que deben acatar los motociclistas, como conducir todo el tiempo con las luces delanteras y traseras encendidas, llevar un limite de acompañantes a bordo. Además de portar casco para el conductor y los acompañantes. En caso de que no se cumpla esto los responsables serán acreedores a una multa .
Imagen: Pixabay
En caso de que llegaras a cometer alguna de las infracciones anteriores, conforme a lo que establece el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, un policía auxiliar puede detenerte y verificar tu documentación. Sin embargo, solo un oficial de tránsito puede emitir la multa correspondiente, además dar la orden de remitir la moto al corralón . No olvides que deben identificarse plenamenta para levantar la sanción.
Ahora que ya conoces las multas a las que puedes estar expuesto, te recomendamos que sigas lo que menciona el reglamento de tránsito para evitar sanciones.
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