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Manejar en carretera conlleva una gran responsabilidad, pues implica conocer, respetar y obedecer las disposiciones contenidas en el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal. Sin embargo, la realidad es que en muchas ocasiones los conductores no son conscientes de las reglas y cometen acciones que parecerían no ser una violación, pero que en vías federales implican algunas de las multas más raras en carretera .
Cabe decir que cualquier multa impuesta en las carreteras federales se calcula, desde el primero de febrero de 2022 , a través de la Unidad de Medida y Actualización ( UMA ), es decir que se ha sustituido el esquema Veces Salario Mínimo (VSM). Por lo tanto, esta unidad de referencia económica es la que determina la cantidad a pagar por las obligaciones previstas en las leyes federales, y tienen un valor de 96.22 pesos mexicanos diarios.
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Multas raras según el Reglamento de tránsito
La próxima vez que conduzcas en carretera más vale tener en cuenta estas reglas :
Artículo 21
. En muchas películas hemos visto que cuando se presenta una escena con un auto cerca de las vías de ferrocarril, el conductor acelera con la intención de ganar el paso al tren, aun cuando los semáforos indican que debe parar. Sin embargo, la vida real es distinta, pues según el artículo 21 , los conductores que desobedezcan la orden de alto de semáforos en cruceros de ferrocarril, serán sancionados mediante una multa de 40 hasta 120 veces la cuota diaria establecida por este reglamento, lo que va de los 3 mil 849 pesos hasta los 11 mil 546 pesos.
Imagen: Pixabay
Artículo 53
. En este caso las sanciones derivan de la falta de equipo vehicular o su mal funcionamiento. Así que, si no tienes claxon en tu auto , está fallando o le instalaste una bocina con un sonido poco audible o si eres de quienes portan en su carro un escape demasiado ruidoso, podrías estar en problemas.
De hecho, el Artículo 45 establece que todo vehículo automotor deberá estar provisto de un cláxon que emita un sonido audible desde una distancia de 60 metros en circunstancias normales. Pero también queda estrictamente prohibido instalar bocinas u otros dispositivos de advertencia que emitan sonidos extremadamente fuertes o agudos. La multa ascendería de 5 hasta 10 veces la cuota diaria, lo que equivale a entre 481 y 962 pesos.
En cuanto al escape, señalado en el Artículo 46 , la sanción iría de 15 a 25 veces la cuota diaria, es decir se pagaría entre mil 442 y 2 mil 405 pesos,.por violación a la regla que señala que los vehículos automotores deberán estar provistos de un silenciador de escape en buen estado de funcionamiento y conectado permanentemente para evitar ruidos excesivos.
Artículo 70
. ¿Recuerdas aquel chiste del auto sardina, destacado por subir el mayor número de pasajeros en un auto ? ¿o qué tal cuando la familia decide irse de vacaciones en un vehículo de carga? Pues ambas acciones son motivo de una multa .
El Artículo 70 del reglamento prohíbe conducir vehículos con mayor número de personas al de los asientos diseñados para ese objeto, conforme a la Norma Oficial Mexicana aplicable. Asimismo, no se deberán transportar personas en el lugar destinado para la carga. De llegarse a violar este artículo se sancionará con una multa de 20 a 25 veces la cuota diaria, que va de los mil 924 pesos hasta los 2 mil 405 pesos.
Imagen: Pixeles
Artículo 74
. Si tu auto se descompone y tienes que acudir a un servicio de grúa, lo mejor es que no pienses en subirte en tu vehículo mientras es remolcado, porque además de los gastos que vienen por este percance, deberás sumar la siguiente infracción por violar el reglamento.
Pues el Artículo 74 establece que ningún tipo de vehículo podrá llevar personas en su interior cuando sea transportado o remolcado en maniobras de arrastre, por lo que, de ser omiso al cumplimiento de este artículo se sancionará con multa de 50 a 60 veces la cuota diaria, es decir, de 4 mil 811 pesos a 5 mil 773 pesos.
Artículo 94
. A la hora de manejar muchos conductores suelen sostener el volante con una sola mano e incluso llevar sobre sus piernas y brazos animales o personas. Pues lo anterior, también es un motivo de multa donde se les aplicaría una sanción de 15 a 20 veces la cuota diaria, que va de los mil 443 pesos a los mil 924 pesos.
Vale la pena que revises el reglamento al menos una vez para que no te detengan sin razón y no te sorprendas si te acusan por cuestiones como: no tener los espejos retrovisores, o el que sean muy pequeños; llevar las ventanas o el parabrisas muy sucios o rotos; cargar gasolina con el motor en marcha; conducir a muy baja velocidad; o hasta por verte manejando con claros signos de cansancio; todos los casos anteriores son causa de multa .
Cabe resaltar que el infractor deberá cubrir el importe de las multas dentro de los 30 días hábiles que sigan a su aplicación. Para mayor información, puedes ingresar a la página de gobierno de la Secretaría de Administración y Finanzas donde, escribiendo tu número de placa, podrás consultar si tienes algún adeudo.
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