Si conducir ya es complicado en la Ciudad de México, encontrar un lugar para estacionar un auto lo es aún más. Y no precisamente por la falta de espacios, sino por el incremento de las tarifas en estacionamientos públicos y privados, las malas prácticas de los denominados "franeleros" o las personas que apartan lugares con botes en las calles.
A lo anterior también se suma el desconocimiento del Reglamento de Tránsito, donde se indica cuáles son los lugares prohibidos para estacionarse. Ignorar esta disposición podría ser motivo de una multa, ya que no todos los espacios de la vía pública son aptos para dejar tu coche. Sigue leyendo para conocer la información a detalle.
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¿De cuánto es la multa por estacionarse en lugares prohibidos de la CDMX?
Si vas a realizar un viaje a la CDMX, más vale que revises a detalle el Capítulo III del Reglamento de Tránsito sobre el uso de la vía pública. En su Artículo 30 se especifican los lugares donde no puede estacionarse un auto, así como sus respectivas multas que van desde sanciones económicas hasta puntos de penalización para la licencia de conducir:
- Sobre vías peatonales (banquetas y cruces peatonales). Multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente y 3 puntos a la licencia para conducir.
- En vías primarias. Multa de 10, 15 o 20 veces la UMA y 1 punto a la licencia para conducir.
- Sobre o debajo de cualquier puente o estructura elevada de una vía pública o en el interior de un túnel. Multa equivalente a 15, 17 o 20 veces la UMA y 3 puntos a la licencia para conducir.
- En el costado izquierdo de la vía cuando existan camellones centrales, laterales o islas, así como en las glorietas (salvo que las marcas en el pavimento y el señalamiento lo permitan). Multa de 10, 15 o 20 veces la UMA y 1 punto a la licencia para conducir.
- En lugares con señalamientos restrictivos y donde la guarnición de la acera o las marcas de pavimento sean de color amarillo. Multa de 10, 15 o 20 veces la UMA y 1 punto a la licencia para conducir.
- En carriles exclusivos, confinados o prioritarios del transporte público. Multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la UMA y 6 puntos a la licencia para conducir.
- En áreas de circulación, terminales del transporte público colectivo, sitios de taxi, así como en zonas de ascenso y descenso de pasaje de transporte público. Multa de 20, 25 o 30 veces la UMA y 6 puntos a la licencia para conducir.
- En espacios para servicios especiales autorizados por la Semovi o cualquier otro sitio indicado por la señalización vial. Multa equivalente a 15, 17 o 20 veces la UMA y 3 puntos a la licencia para conducir.
- En espacios destinados al ascenso y descenso de pasajeros cuando la permanencia del vehículo supere el tiempo indicado en la señalización vial (excepto cuando se trate de pasajeros con discapacidad o movilidad limitada). Multa de 5, 7 o 10 veces la UMA y 1 punto a la licencia para conducir.
- Frente a establecimientos bancarios, hidrantes, entradas y salidas de vehículos de emergencia, entradas o salidas de estacionamientos públicos y gasolineras, salidas de emergencia de centros escolares y de concentración masiva, rampas peatonales, rampas para el acceso a cocheras (salvo que se trate del domicilio del conductor), entradas y salidas de hospitales o centros de salud. Multa equivalente a 15, 17 o 20 veces la UMA y 3 puntos a la licencia para conducir.
- Lugares donde se obstruya la visibilidad de la señalización vial. Multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la UMA y 1 punto a la licencia para conducir.
- En doble o más filas. Multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la UMA y 3 puntos a la licencia para conducir.
- En cajones de estacionamiento exclusivos para personas con discapacidad (siempre que no se tenga la calcomanía). Multa de 20, 25 o 30 veces la UMA y 6 puntos a la licencia para conducir.
- En vías ciclistas, como ciclovías y ciclocarriles (con excepción de los vehículos no motorizados para los cuales están destinados dichos espacios). Multa equivalente a 15, 17 o 20 veces la UMA y 3 puntos a la licencia para conducir.
- En los carriles de circulación frente a cicloestaciones de bicicleta pública y biciestacionamientos de corta estancia que se encuentren ubicados en la franja de estacionamiento. Multa equivalente a 15, 17 o 20 veces la UMA y 3 puntos a la licencia para conducir.
¿Cómo estacionar un auto correctamente?
Revisa las señales. Siempre asegúrate de leer las señales de tránsito antes de estacionarte, ya que en muchas ocasiones las restricciones son temporales (por ejemplo, por horarios o días específicos).
Usa aplicaciones de estacionamiento. Algunas apps te pueden ayudar a encontrar lugares seguros y con parquímetros.
Estacionamiento en la vía pública. Si no hay parquímetros, asegúrate de que no haya señales de "prohibido estacionarse" o zonas especiales.
Verifica que quede bien acomodado. El vehículo deberá quedar orientado en el sentido de la circulación; en zonas urbanas tendrá que estar a menos de 30 centímetros del límite del arroyo vehicular.
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