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Como conductores estamos obligados a cumplir con una serie de responsabilidades y requisitos, y no hablamos solo de tener placas y licencia, sino de respetar los señalamientos viales en todo momento. Ya sea al transitar por la ciudad o en una carretera debemos tomar nuestras precauciones y conocer los límites de velocidad para evitar ser acreedores a una multa .
Estas sanciones son impuestas de acuerdo al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal con la intención de evitar accidentes y mejorar la circulación de automóviles en las autopistas. No te confíes, aquí te decimos el monto de las multas y en qué casos se aplican.
Esta es la cantidad que debes pagar si excedes los límites de velocidad
Lo primero que hay que explicar es que las multas se miden tomando como referencia la cuota diaria, es decir, el salario mínimo que en 2022 equivale a 172.87 pesos.
Lo segundo relevante que hay que explicar es que en carreteras los límites de velocidad varían de acuerdo al tipo de vehículo y hasta la hora del día.
Tienes que poner atención a los señalamientos viales para conocer la velocidad máxima pero, cuando en algún tramo no veas un dispositivo para el control de tránsito que fije el límite máximo de velocidad, debes considerar lo siguiente:
Un automóvil en carretera urbana no debe rebasar los 50 kilómetros por hora; mientras que en carretera federal la velocidad máxima es de 100 km/h en el día y 90 por la noche.
Por otra parte, un autobús en carretera urbana no debe superar los 50 kilómetros por hora; mientras que en carretera federal puede llegar hasta 95 km/h en el día y 90 por la noche.
Los camiones y tractocamiones en carretera urbana no deben rebasar los 50 kilómetros por hora; mientras que en carretera federal la velocidad máxima es de 80 km/h en el día y 70 en la noche.
Finalmente cualquier otro vehículo no debe pasar de los 50 kilómetros por hora en carretera urbana y de 100 km/h en el día y 90 por la noche en autopistas .
El reglamento también especifica que, aun cuando el camino señale cierto límite de velocidad, los conductores están obligados a considerar el clima, las condiciones del camino y de su vehículo para mantener su seguridad.
La multa en caso de no cumplir con lo anterior es de de 30 a 40 veces la cuota diaria que establece este Reglamento es decir entre 5 mil 186 pesos y 6 mil 914.
Asimismo, el pago de la multa varía dependiendo el kilometraje que se excedió, según el artículo 136 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal. Así, si vas en auto o moto, la infracción si el exceso de velocidad es de hasta 20 km/h, será de 50 a 60 veces la cuota diaria, el equivalente a 8643 pesos y 10372. Pero si el exceso es mayor a 20 km/h, podrás pagar hasta 12 mil 100 pesos.
Sobra decir que está prohibido hacer competencias de velocidad o de aceleración en las vías federales, en ese caso a los conductores se les aplicará una sanción de 50 a 75 veces (entre 8643 y 12965 pesos) la cuota diaria y el importe de la multa será duplicado cuando se trate de conductores de autobuses, de camiones, camiones remolque, tractocamiones, tractocamiones articulados y doblemente articulados.
Estos límites de velocidad son medidos por dispositivos para el control de tránsito que están en las carreteras y, en caso de que el conductor no sea el dueño del vehículo, la Policía Federal deberá notificar al propietario por correo certificado con un acuse de recibo, junto con la infracción y la multa impuesta.