Para que circules por las calles de la CDMX sin tener problemas con la ley, es necesario que te apegues a las reglas de tránsito . Estas disposiciones agilizan el desplazamiento de los autos por la vía pública y evitan conductas peligrosas al volante para mayor seguridad de los conductores, motociclistas, ciclistas y peatones.
Aunque el conocimiento de estas normas es esencial para cualquier automovilista, existen en las vialidades apoyos visuales llamados señales de tránsito , para que tengas presentes en todo momento las reglas. Si las ignoras, podrías meterte en problemas, ya sea económicos o administrativos.
Prevé estas situaciones y descubre cuáles son las sanciones que recibirás si no respetas las señales de tránsito .
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Preferencia de paso para peatones
El artículo 6 del Reglamento de Tránsito de la CDMX establece que los automovilistas deben cederle el paso a los peatones cuando el semáforo cambia de color y ellos no han cruzado la vía por completo, en vueltas para incorporarse a otra vialidad , en intersecciones sin semáforo, si las aceras no están disponibles para la circulación peatonal en ese momento o si un señalamiento lo indica, como en el caso de las zonas escolares.
Quienes no acaten estas normas se harán acreedores a una multa de 10 a 20 veces del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización ( UMA ) vigente. En 2021, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) calculó que esta cifra equivale a 89.62 pesos, así que la sanción sería de 896 a mil 792 pesos, dependiendo de la gravedad de la falta .
Asimismo, se le restarán tres puntos a la licencia del conductor responsable de la infracción . Ten en cuenta que pueden cancelarte la licencia si acumulas 12 puntos de penalización en un año; después de eso, no podrás tramitarla de nuevo en los siguientes tres años, señala el artículo 66 del mismo documento.
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Exceso de velocidad
El artículo 9 del Reglamento de Tránsito de la CDMX determina que los conductores deben apegarse a los límites de velocidad marcados en la señalización vial . De lo contrario, recibirán una multa de 10, 15 o 20 veces respecto a la UMA vigente; esto implica un pago de 896 a mil 792 pesos.
Si no ves señales de tránsito en el área, los límites de velocidad por normativa son: una máxima de 80 kilómetros por hora (km/h) en los carriles centrales de las vías de acceso controlado; 50 km/h en las vías primarias; y 40 km/h en las vías secundarias, incluyendo las laterales de las vías de acceso controlado.
De igual manera, en las zonas de tránsito calmado, el límite es de 30 km/h; en zonas escolares, de hospitales, de asilos, de albergues o casas hogares, la velocidad máxima es de 20 km/h y en estacionamientos o vías peatonales es de 10 km/h.
En estos últimos casos, el incumplimiento de los límites de velocidad será motivo de la multa antes mencionada, así como de la pérdida de seis puntos en la licencia de conducir y de uno a cinco puntos en la matrícula del vehículo si la sanción se detectó por sistemas electrónicos.
Para los conductores de transporte público de pasajeros o de carga, la multa ascenderá hasta un monto equivalente de 20 a 30 veces la UMA vigente. En otras palabras, pagarás entre mil 792 y 2 mil 688 pesos.
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Circulación en sentido contrario
Según el artículo 8 fracción IV del Reglamento de Tránsito , los automovilistas deben desplazarse en el sentido que indique la vía . Si se trata de carriles reversibles, es importante que respetes los tramos y horarios determinados por las autoridades capitalinas.
Si son vías de doble sentido, mantente en el costado derecho de la vialidad para que no deslumbres a los conductores del otro sentido. Quienes no respeten estas disposiciones, serán sancionados con una multa de 10 a 20 veces la UMA vigente; esto equivale a un monto entre 896 y mil 792 pesos mexicanos.
Además, los automovilistas perderán tres puntos de su licencia, y un punto de su placa vehicular, si la infracción fue captada en fotomulta.
Vueltas prohibidas
El artículo 10, fracción X, dicta que las vueltas continuas a la derecha o la izquierda están prohibidas, a menos que haya un señalamiento que lo permita expresamente. De lo contrario, te harás acreedor de una multa de 10 a 20 veces la UMA vigente; es decir, de 896 a mil 792 pesos.
Tampoco gires a la derecha o la izquierda en carriles no destinados para este propósito, no des vuelta en U cerca de una curva ni en lugares con señales de tránsito que lo prohíban de forma expresa, establece el artículo 11.
El incumplimiento de estas reglas conlleva una multa de 20 a 30 veces la UMA vigente, o bien, de mil 792 a 2 mil 688 pesos mexicanos. Del mismo modo, te quitarán tres puntos de tu licencia de conducir y un punto de la matrícula de tu auto si la infracción quedó registrada en los dispositivos electrónicos de la Secretaría de Movilidad (Semovi) de la CDMX .
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Uso prohibido del celular
De acuerdo con el artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la CDMX , el uso del celular mientras manejas un vehículo se considera una acción que pone en riesgo tu integridad y la del resto de las personas en la vía pública .
Por esta razón, se sanciona con una multa equivalente al valor vigente de la UMA multiplicado por 30, 32 o 35; es decir, de 2 mil 688 a 3 mil 136 pesos mexicanos. Por otro lado, se le restan tres puntos a la licencia del conductor que cometió la falta y un punto a la matrícula del auto si la infracción fue captada por sistemas electrónicos.
Estacionarse en espacios prohibidos
Los automovilistas que se detengan en sitios con señalamientos restrictivos o cuyas guarniciones de la acera sean rojas recibirán una multa de cinco a siete veces la UMA vigente, cuya equivalencia oscila entre los 448 y los 896 pesos, dispone el artículo 11, fracción IV, del Reglamento de Tránsito de la CDMX .
También te quitarán un punto de tu licencia de conducir y de tu placa vehicular. Recuerda que las matrículas solo cuenta con 10 puntos; mientras más pierdas, mayores serán las sanciones , por ejemplo, horas de trabajo comunitario, cursos en línea o incluso negarte la verificación, menciona la Semovi.
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Meterse a carriles confinados
De igual forma, el artículo 11, fracción X, determina que quien circule sobre los carriles exclusivos o interfiera en su paso dando vueltas a la izquierda, derecha, en U o cambiando de vía aunque existan señalamientos que lo prohíban serán sancionados con una multa de 40 a 60 veces la UMA vigente.
En otras palabras, pagarán de 3 mil 584 a 5 mil 377 pesos mexicanos por esta infracción .
Respeta las señales de tránsito y apégate a las disposiciones del Reglamento de Tránsito de la CDMX para evitarte problemas, multas o riesgos innecesarios tanto para ti como para las demás personas en la vía pública .