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El 14 de diciembre iniciaron las precampañas y junto con ellas la mar de spots en radio y televisión de los partidos políticos y autoridades electorales que durarán hasta el 1 de julio del próximo año, fecha en que los mexicanos iremos a las urnas. La primera tanda de impactos con que cuentan los institutos políticos tiene por objeto promover públicamente a las personas que se postulan al interior de los partidos o coaliciones para llegar a obtener una posible candidatura. Dicho de otra manera, estos mensajes son utilizados por los precandidatos para tratar de convencer a quienes toman las decisiones al interior de sus respectivas organizaciones de que son ellos y no otros quienes merecen aparecer en las boletas electorales.
En el escenario en que hoy nos encontramos, para la elección presidencial habrá tres coaliciones: PRI-PVEM-Panal, Morena-PT-PES y PAN-PRD-MC. En los primeros dos casos los candidatos ya están definidos, serán José Antonio Meade Kuribreña y Andrés Manuel López Obrador, respectivamente. En el tercero, Ricardo Anaya y Juan Carlos Romero Hicks compiten entre sí para que el ganador represente a esos partidos en la contienda. Una pregunta que muchas personas se hacen es si los precandidatos únicos tienen derecho a hacer proselitismo en esta primera etapa y si es correcto que aparezcan en los spots de radio y televisión, ello en consideración de que resultan innecesarias las precampañas y la promoción de propuestas ahí donde ya están definidas las candidaturas.
En principio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que para que los precandidatos puedan realizar actos de proselitismo, es condición indispensable la existencia de dos o más competidores. Esto con independencia de que aun cuando se presenten casos de candidaturas únicas, los partidos conservan intacto su derecho a difundir mensajes por radio y televisión de tipo institucional o genérico (Acción de Inconstitucionalidad 85/2009). De esa manera se buscaba evitar que con el pretexto de los procedimientos de selección interna, los aspirantes solitarios tomaran ventaja al iniciar anticipadamente su propaganda de campaña.
Posteriormente, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que el criterio de la SCJN debía aplicarse de acuerdo con las reglas específicas que cada partido o coalición se diera para la selección de sus candidatos (Juicio de Revisión Constitucional 169/2011). Sobre la base de lo anterior, los precandidatos únicos se vieron en la posibilidad de hacer proselitismo siempre y cuando se establezca en la convocatoria respectiva que para que la candidatura se materialice deben convencer de ello a los “resistentes” delegados de la asamblea partidaria en cuestión y de igual manera deben evitar generarse una ventaja indebida de frente a la campaña.
El TEPJF, en sentencias recientes, también ha establecido que los precandidatos tienen derecho de acceder a radio y televisión, en el tiempo que corresponde a los partidos, al margen de que sean únicos o no, con la salvedad de que si son únicos los promocionales deben limitarse a informar a la opinión pública cuestiones como el método a seguir para designar al candidato, las personas que participarán en esa selección y la plataforma política, o en otras palabras, sus spots tendrían que ser de carácter informativo y no propagandístico.
En conclusión, todo indica que seguiremos viendo a Meade y a las “discretas” alusiones a López Obrador en los promocionales de precampaña y quedará en manos del Instituto Nacional Electoral y del TEPJF valorar —en el primer caso a través del otorgamiento o no de medidas cautelares y en el segundo por medio de sus sentencias— si sus contenidos se ajustan o no al complejo modelo de comunicación política que se ha construido a lo largo de los últimos años.
Ex consejero electoral de la Ciudad
de México @pableza