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A partir de este sábado, los prestadores de servicios ferroviarios y de autotransporte federal de pasajeros deberán otorgar descuentos de 50 y 25 por ciento a estudiantes y maestros, en ese orden.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) expuso en su momento que las deducciones serán efectivas durante el periodo vacacional aprobado por la Secretaría de Educación Pública (SEP), que es del 16 al 31 de julio de 2016, y también aplicará durante los periodos de vacaciones aprobados por las diversas universidades del país para el mismo ciclo lectivo.
Señala que como requisito indispensable, los beneficiados deben presentar credencial vigente de la escuela a la que están adscritos ante los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros.
Las credenciales de maestros y estudiantes deben ser exclusivamente de las instituciones integradas a los sistemas de educación de la SEP, direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas.
En el caso de planteles de educación superior y medio superior deben ser de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el Instituto Politécnico Nacional (IPN), universidades de toda la República, institutos, escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía, Colegio de Bachilleres, así como escuelas incorporadas.
En caso de carecer de la credencial oficial, los interesados podrán presentar constancia con nombre y sello de la escuela o universidad, especificar que se encuentran en periodo de vacaciones, así como el tiempo de duración de ellas.
La SCT aclara que es responsabilidad de los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros poner a la venta estos boletos con la misma anticipación que los boletos normales y deben tener anotada la leyenda “vacaciones”.
Los usuarios podrán presentar quejas por irregularidades, en lo concerniente a la materia de tarifas ferroviarias, ante la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal.
En tanto, en caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal o, en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario.