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La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal del Trabajo para que se otorgue permiso por luto, de cuando menos tres días hábiles con goce de sueldo, a las y los trabajadores por muerte de padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina o concubinario.
Los cambios establecen que estos días serán aquellos inmediatos al deceso. El trabajador deberá justificar el evento y dispondrá de 15 días hábiles para presentar al patrón, o a quien este designe, el Acta de Defunción correspondiente.
En su propuesta, el diputado José del Pilar Córdova Hernández del PRI mencionó el dolor que sufren los trabajadores por la muerte de un familiar cercano, además de atender las necesidades propias del fatal acontecimiento, como el funeral, el sepelio y eventos religiosos, y la reorganización de la rutina de aquellos que le sobreviven.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, que elaboró el dictamen, señaló que con esta reforma “se continúa fortaleciendo la conciliación entre el ámbito familiar y el laboral, lo que a su vez se busca impacte positivamente en la productividad del individuo en beneficio de las empresas”.
También aprobaron modificaciones para precisar que no podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores, por diversos motivos, para “el ingreso, permanencia, promoción y ascenso” en el empleo.