Más Información
Oposición se lanza contra extinción de órganos y elección judicial; diputada de MC llama a interponer controversia constitucional
Diputados avalan súper secretaría de García Harfuch; SSPC investigará delitos y coordinará inteligencia a nivel nacional
Con prórroga o sin ella, elección judicial va, asegura Taddei; afirma que presupuesto de 13 mmdp no es ninguna “ocurrencia”
Así fingió “El Guacho” su muerte para vivir en Estados Unidos; su esposa es hija de “El Mencho”, líder del CJNG
INE aprueba calendario y programa de trabajo para elección judicial; hay un retraso del 15% en actividades
doris.gomora@eluniversal.com.mx
La legalización del cultivo, producción y distribución de marihuana implicaría el cambio de al menos cinco leyes federales, así como reglamentos y normas en diferentes ámbitos, que requieren de la intervención del Poder Legislativo, explican especialistas.
Consultados por EL UNIVERSAL, coinciden que en caso de que se legalice para uso médico o lúdico se requieren cambios en la Ley General de Salud, así como sus respectivos reglamentos; en el Código Civil, por casos de custodia de menores; en el Código Penal, para la liberación de internos que fueron detenidos por consumo; en la Ley Federal del Trabajo, por despidos o accidentes por estar bajo sus efectos, entre otras normas.
“El primer paso es legalizar la parte medicinal, es lo más rápido, es donde tenemos instituciones que pudieran trabajar mucho más cerca con los cambios, no sólo legales; la reglamentación es muy importante, no se puede dejar todo en una ley general”, afirmó Gerardo Rodríguez, coordinador académico del Centro de Estudios sobre Impunidad y Justicia de la Universidad de las Américas (UDLA), campus Puebla.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), agregó el académico, es una institución que tiene experiencia en regulación y puede ser la que proponga la legislación, primero para reglamentar la parte medicinal.
En caso de legalizarse la parte de producción, distribución y consumo de marihuana para uso médico, expone, se tienen que precisar en la ley todos los tecnicismos tales como qué derivados de la marihuana se pueden comercializar, el porcentaje o contenido en medicamentos y la prescripción, entre otros, por ello el debate debe ser de Estado para que participen expertos de diversas áreas.
“Lo primero que tendrá que establecer es quiénes van a ser los distribuidores de medicamentos avalados por la Cofepris, y creo que vale mucho la pena ver los casos de algunas ciudades de Estados Unidos de cómo resolvieron esa parte, porque es pasar de la ilegalidad a la legalidad”, indicó.
Explica que la Cofepris y los legisladores tienen que trabajar y dar seguimiento al proyecto de la senadora Cristina Díaz que apunta a la regulación de la marihuana con uso medicinal.
“La idea de buscar una alternativa en términos de salud pública creo que es lo más viable; el punto de hoy respecto al consumo personal de drogas se tiene que atender desde el punto de vista de salud pública y no penal”, indica Miguel Carbonell, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
A los cambios en leyes penales, el gobierno deberá de considerar modificaciones en la Ley de Ingresos y Egresos para establecer reasignaciones para el combate a las adicciones, así como considerar impuestos por producción de marihuana, destaca Juan Antonio Le Clerq, jefe del Departamento de Relaciones Internacionales y Ciencias Políticas de la UDLA.
La aplicación de un impuesto a la marihuana con uso médico podría no dar los resultados esperados, pues en la experiencia de México los gravámenes establecidos a productos no se destinan a los fines que se pensaron, dijo.
Con la legalización del consumo personal y el cambio al Código Penal nacional se podrían despresurizar las cárceles con internos que fueron detenidos por consumo y además se pueden enviar a centros de tratamiento, refiere.
Casos sobre custodia de menores porque el padre o madre consumen marihuana, despidos de trabajadores que laboran bajo su influjo o por accidentes provocados ante sus efectos y la no aceptación de candidatos a un puesto por admitir su utilización son aspectos que no se han considerado tras el fallo del amparo de la SCJN, expone Samuel González, consultor en seguridad nacional.
“Esas son las cosas que no se ponen a pensar en la resolución de los ministros, porque, por ejemplo, yo puedo tener una norma en mi empresa en donde se permita tener gente con tatuajes agresivos y por tanto no es candidato a ser empleado una persona con ellos, a eso nos vamos a enfrentar debido a esta resolución”, y son temas que tendrán que establecerse en leyes y reglamentos del orden laboral, indica.
La primera legislación que tendría cambios sería la Ley General de Salud, donde se define el uso de cualquier droga, y por tanto implicaría el empleo de marihuana con fines médicos. Se deben definir aspectos como su presentación, como pastillas o hierba para fumar, las modalidades de prescripción por parte de un médico y bajo qué criterios, entre otros aspectos.
“Hay que ver cómo se va a regular la comercialización. Por lo pronto, se podría abrir la importación de pastillas de marihuana para uso médico en el próximo año, pero la marihuana lúdica esa no, porque implica un proceso mayor”, destaca.