El juicio de Carmen Aristegui y de MVS hay que verlo más allá de un pleito entre particulares para situarlo en un caso que apunta a dejar una serie de precedentes claves para la vida democrática del país, que lo mismo van a impactar en el manejo de las concesiones de radio y televisión, que en el gremio periodístico y en los alcances que tiene la libertad de expresión en el contexto de las nuevas reformas en materia de telecomunicaciones, amparo y derechos humanos.

El caso es tan inusitado que ha provocado que las dos Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al mismo tiempo pero por cuerdas separadas, hayan comenzado a revisar la posibilidad de que alguno de sus ministros pida que se atraiga la queja que interpuso MVS en contra de la decisión que emitió un juez al admitir a trámite la demanda de amparo de Carmen Aristegui.

Parece un tema simple, pero de esta queja depende establecer si es posible que una empresa concesionaria —de radio o televisión— puede ser demandada como si se tratara de una autoridad que vulnera alguna garantía protegida por la Constitución. El juez ya dijo que sí es posible, y argumentó y transparentó su resolución, guste o no.

Ahora habrá que esperar a ver si los ministros deciden asumir esta responsabilidad y establecen los criterios a seguir, en el sentido que corresponda, o si evaden el tema y dejan que esta resolución la emitan sólo tres magistrados de un tribunal colegiado, como ocurriría si nadie de la Suprema Corte pide atraer el caso.

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