Más Información
“Vamos a dar apoyo a los pequeños agricultores por sequía en Sonora”; Claudia Sheinbaum instruye a Berdegué
Derrota de México en disputa por maíz transgénico contra EU; estos son los argumentos de Sheinbaum y AMLO para prohibirlo
Óscar Rentería Schazarino, ha operado contra CJNG, Viagras y Templarios; es el nuevo secretario de Seguridad en Sinaloa
Claudia Sheinbaum pide respeto para Maru Campos; gobernadora anuncia acuerdo para transporte público
Claudia Sheinbaum anuncia los Centros de Cuidado Infantil en Chihuahua; inaugura hospital en Ciudad Juárez
La Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim) calificó de absurda la decisión del Juez Tercero de Distrito del Séptimo Circuito de Veracruz, Anuar González Hemadi, quien dejó sin efecto el auto de formal prisión dictado el pasado 23 de enero en contra de uno de los jóvenes que participaron en un acto de violencia sexual.
La organización consideró que los argumentos del juez son incongruentes y desvirtúan el tipo penal de abuso sexual por un “frotamiento incidental donde no se observa intención lasciva ni la intención de copular”.
A través de un comunicado, la Redim señaló “es muy cuestionable la actuación de este juez federal, que otorgó la sentencia del amparo 159/2017 a Diego Cruz Alonso, acusado de haber participado en la violación de Daphne "N" en el Estado de Veracruz quien al momento de los hechos tenía 17 años de edad.
Esta decisión representa un grave retroceso en el reconocimiento y acceso a la justicia de las niñas y las adolescentes víctimas de violencia sexual y sienta un precedente que da lugar a la impunidad”.
Afirma que es obligación del Estado la protección de los derechos de niños víctimas; además de que debe proporcionar los servicios jurídicos en el marco de sus derechos humanos y tener en cuenta el interés superior del niño y la perspectiva de género en cualquier actividad vinculada con el sistema judicial.
“La justicia no solo se basa en las Leyes nacionales, sino que debe ser ejercida a partir de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado como la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (CDN)”.
Ésta establece en su artículo 19 que: “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual”.
La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE, 2014) estima que 93.8% de los delitos ocurridos en el país no se denuncian, incluidos los sexuales. “La sentencia dada a conocer desalienta la denuncia al convertirse las autoridades de garantes de derechos a cómplices de la violencia sexual”.
La Red por los Derechos de la Infancia en México exige a la Fiscalía del Estado de Veracruz interponer de forma inmediata el recurso de revisión, de la resolución emitida por el Juez Anuar González Hemadi.
Así como iniciar una investigación inmediata sobre su independencia y capacidad jurídica para ejercer un cargo de alta responsabilidad que está en duda con este tipo de sentencias.
Al Tribunal Colegiado para que realice un análisis exhaustivo con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género del expediente de la adolescente víctima de violencia sexual tumultuaria, que garantice el acceso a la justicia, reparación del daño y sanción a todos los responsables.
Pide al Gobierno del Estado de Veracruz desarrollar inmediatamente acciones concretas de prevención y detección de casos de abuso sexual que han recibido la protección de autoridades y jueces corruptos y brindar acceso inmediato a la justicia, apoyo psicológico y protección a víctima y sus familiares, tomando medidas cautelares que eviten su revictimización o afectaciones a su integridad.
lrs