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Con las reformas aprobadas a la Ley Federal de Delincuencia Organizada y el Código Penal Federal, el tráfico de vida silvestre podrá ser sancionado con un máximo de 20 años de cárcel, informó la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

Las modificaciones legales aprobadas por el Congreso de la Unión a la Ley Federal de Delincuencia Organizada y el Código Penal Federal permitirán que la condena sea de hasta 12 años de prisión por cometer delitos contra el ambiente, pero si el imputado es miembro de un grupo de la delincuencia organizada que trafica flora o fauna protegida, se aplicarán ocho años adicionales a quien tenga funciones de administración, dirección o de supervisión en el grupo.

La institución señaló que esta sanción será vigente una vez que el presidente Enrique Peña Nieto decrete la promulgación de la reforma al artículo segundo de la Ley Federal de Delincuencia Organizada, así como al artículo 420 del Código Penal Federal, aprobadas durante la semana pasada por el Senado.

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