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Un juez federal negó la liberación de las cuentas bancarias de Sandra Ávila Beltrán, mejor conocida como La Reina del Pacífico, debido a que no acreditó ser la titular de las mismas.

El Juez Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México sobreseyó en el juicio la petición de Ávila Beltrán para que la Procuraduría General de la República (PGR) ordene a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) liberar sus cuentas.

Desde el 25 de mayo de 2015, cuando presentó la demanda de amparo 483/2015, hasta la fecha de la audiencia constitucional, 18 de noviembre de 2016, La Reina del Pacífico no exhibió el contrato que la acredita como titular de las cuentas bancarias que reclamó que fueran liberadas.

“Si la quejosa Sandra Ávila Beltrán no acreditó en este juicio de amparo su interés jurídico respecto a las cuentas en cuestión, en consecuencia, respecto del acto reclamado consistente en la omisión de levantar el aseguramiento ministerial sobre las mismas, decretado en la averiguación previa 966/MPFEA-DS/2002 y la consecuente falta de notificación a la CNBV sobre dicho acuerdo de liberación, lo que procede es decretar el sobreseimiento en el presente juicio”, indicó el juez de amparo.

La sentencia dictada establece que el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes y la CNBV no notificaron a Ávila Beltrán las respuestas a sus solicitudes sobre la liberación de las cuentas. En consecuencia, el juez de amparo ordenó al titular del SAE y de la comisión notificar personalmente a La Reina del Pacífico las resoluciones, en las que el primero indicó que la autoridad competente de conocer de ello es la comisión y ésta respondió que no ha recibido la orden del MP de levantar el aseguramiento de las cuentas.

Debido a que Ávila Beltrán logró que un juez determinara que no existen elementos para comprobar las acusaciones en su contra de operaciones con recursos de procedencia ilícita, pidió al Ministerio Público adscrito a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada de la PGR que levantara el aseguramiento de las cuentas bancarias.

El MP le solicitó que ratifique su solicitud para poder pronunciarse al respecto. El juez Cuarto de Distrito calificó esto como indebidamente motivado y que transgrede los derechos fundamentales de Ávila Beltrán. “Esta violación tiene como consecuencia instruir a la autoridad responsable que se abstenga de ordenar la ratificación del escrito de solicitud a que conteste cada uno de los puntos planteados por la quejosa”, ordenó el juez.

Debido a que la sentencia de amparo no ordenó la liberación de las cuentas, Ávila Beltrán promovió el 17 de febrero un recurso de revisión.

En febrero de 2015 un tribunal federal de Jalisco revocó la condena de cinco años de prisión que se le impuso por presuntamente lavar 10 millones de pesos mediante la compra de seguros de vida. Esta era la última acusación pendiente en su contra, por lo que la PGR indicó que al no tener otro recurso para impugnar la decisión del Segundo Tribunal Unitario Penal de Zapopan ésta quedaría firme.

Ávila Beltrán ha sido identificada como una de las principales operadoras financieras de Ismael El Mayo Zambada, líder del Cártel del Pacífico, pero no han comprobado el vínculo.

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