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El Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la PGR entregar versiones públicas sobre informes relacionados con la ejecución de 22 civiles en Tanhuato, Michoacán, en mayo de 2015, donde estuvieron involucrados Policías Federales.
Así la PGR deberá entregar versiones públicas sobre 43 testimoniales de policías federales; dictámenes periciales en materia de balística; oficios entregados por el Ministerio Público Federal a la Policía Federal, así como dos oficios entregados a la PGR por la Secretaria de la Defensa Nacional.
Al interior del Rancho de “El Sol”, en Tanhuato, Michoacán, un operativo de elementos de la Policía Federal derivó en un enfrentamiento con civiles armados, resultaron detenidas tres personas, dos lesionadas, un Policía Federal y un civil por proyectil de arma de fuego, murieron 43 personas, 22 de ellas civiles que fueron ejecutadas, de acuerdo con la CNDH.
Al analizar el recurso de revisión, el comisionado Oscar Guerra Ford explicó que la PGR se negó a entregar la información solicitada por un ciudadano, al señalar que esa información estaba clasificada como reservada por formar parte de una averiguación previa.
No obstante, el ciudadano impugnó ante el INAI la decisión de la PGR al señalar que es aplicable la excepción del Artículo 115 de la Ley General de Transparencia que señala que no podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de violaciones graves a Derechos Humanos.
El comisionado Guerra Ford recordó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos en su Recomendación 4BG/2016, del 18 de agosto pasado, calificó los hechos ocurridos como de Violaciones Graves a Derechos Humanos.
“Se acreditó la falta de veracidad en los Informes proporcionados por la Comisión Nacional de Seguridad y Policía Federal respecto a las circunstancias en la que se desarrolló el operativo que llevaron a cabo elementos de esta corporación policíaca al interior del Rancho del Sol.
Dos, el uso excesivo de la fuerza letal que utilizó la Policía Federal y que derivó en la ejecución arbitraria de 22 personas, ya que no estuvo dirigida a un fin legítimo, puesto que no les era permitido accionar sus armas de fuego en contra de las víctimas debido a que se encontraban de espaldas respecto de sus agresores, con lo que se les colocaba en una situación de vulnerabilidad e indefensión”, refirió.
A partir de las conclusiones del Informe de la CNDH, la ponencia del comisionado Guerra observó para efectos del ejercicio del derecho al acceso a la información pública, sí es procedente el acceso a la documentación de especial interés.
“Dicho asunto cobra especial relevancia al versar sobre actos de violencia que incluyen privaciones de la vida, tortura, trato cruel, inhumano y denigrante, manipulación del lugar de los hechos, cadáveres y elementos balísticos y el uso excesivo de la fuerza, en las cuales existe evidencia de la participación del Estado, acto que en ese sentido no resulta ser aislado”.
Guerra aseguró que transparentar la información requerida, es de particular importancia en nuestro país, donde la impunidad ha sido una parte integral de la violencia que nos ha aquejado en los últimos años.
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