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Los soldados del 97 Batallón de Infantería del Ejército decidieron no ser cómplices. Hoy son testigos claves del homicidio contra siete jornaleros cometido el 7 de julio de 2015 en el estado de Zacatecas, que se imputa a cuatro de sus mandos, quienes hoy enfrentan el primer juicio oral de la historia contra militares en un tribunal civil, acusados de violaciones graves a derechos humanos. Es una prueba de fuego en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio (NSJPA), que el 18 de junio debe aplicarse en todo el país.
En la audiencia intermedia correspondiente a la causa penal 43/2015, en la que en abril pasado estuvo presente EL UNIVERSAL, quedó claro que el desafío no es menor. El juez de Control, Juan Ramón Barreto López, desechó 30 de 130 medios de prueba que presentó la Procuraduría General de la República (PGR); a la defensa no le fue mejor: de 15 sólo le admitieron cinco evidencias de descargo. La fecha del juicio no está definida. El proceso apenas inicia.
Un coronel, un capitán segundo, un teniente y un subteniente del Ejército renunciaron a la posibilidad de llegar a un acuerdo con la PGR en el proceso penal que se les sigue por la desaparición y posterior ejecución de siete personas en el municipio de Calera de esta entidad.
Durante la audiencia que se sigue contra el mando y los tres oficiales a su cargo, la PGR presentó un escrito con más de 130 medios de prueba y declaraciones ministeriales recabadas a lo largo de ocho meses, con las que busca demostrar la responsabilidad penal de los cuatro imputados en el secuestro, desaparición y posterior homicidio de cinco hombres y dos mujeres, perpetrado el 7 de julio de 2015.
Los delitos que se les imputan en el fuero civil son contra la administración de justicia, homicidio calificado con el agravante de que los presuntos perpetradores eran servidores públicos al momento del crimen y desaparición forzada de personas, ilícitos por los que cada uno de los acusados podría recibir una pena de hasta 39 años de prisión, más el pago global de una multa por concepto de reparación del daño superior a los 2 millones 300 mil pesos.
Los medios de prueba presentados por el Ministerio Público Federal contra los procesados se debatieron uno a uno en presencia del juez de Control, Barreto López, de sus cuatro abogados defensores y de los asesores victimales enviados desde Guadalajara y la Ciudad de México por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), para apoyar a las familias de los siete jornaleros presuntamente ejecutados por los imputados.
El juicio modelo
Todos los actores gubernamentales en este juicio tendrán su primera prueba de fuego en el NSJPA, puesto que se trata del primer juicio oral en contra de militares acusados de cometer violaciones graves a los derechos humanos en el desempeño de sus funciones. También es el primer juicio por homicidio que se lleva a cabo en el fuero federal.
En el transcurso del debate celebrado el 26 y 27 del pasado mes de abril, alrededor de los 130 medios de prueba presentados por la ministerio público federal encargada del caso, Mónica Martínez, fueron desechadas, pero aun así tuvo mejor suerte que la defensa dirigida por el abogado Karl William Farías, puesto que solamente acreditó la legalidad y oportunidad de cinco medios de prueba, los cuales podrá presentar en descargo de sus clientes en el tribunal.
La fecha exacta para realizar el juicio oral no se pudo fijar por parte del juez Barreto López, puesto que la PGR interpuso un recurso de apelación para que sean admitidas las pruebas que presentó para georreferenciar los teléfonos de las víctimas, con el propósito de fijar las horas y lugares de las antenas más cercanas al momento en que presentaron actividad, así como para demostrar que los militares hicieron mal uso de los móviles después de ocurridos los hechos.
Con el desahogo de la apelación en aproximadamente 15 días, sumado al tiempo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para llamar a un tribunal de enjuiciamiento, el juicio oral contra los militares implicados podría tener lugar en un plazo máximo de un mes, según estimaron la PGR y el Poder Judicial de la Federación (PJF).
El crimen
En el escrito de acusación que presentó la Procuraduría General de la República ante el juez de Control se establece que el coronel adscrito al 97 Batallón de Infantería con sede en Guadalupe, Zacatecas, ordenó un operativo la madrugada del 7 de julio de 2015 en contra de una supuesta red de robo de combustibles que operaba en la localidad de Fresnillo, Zacatecas.
A las 5:30 de la mañana, 30 elementos de tropa, cinco oficiales castrenses y el coronel, señalado como autor intelectual del múltiple homicidio, salieron de las instalaciones militares a bordo de ocho vehículos y se dirigieron al municipio de Calera, a pesar de que este no formaba parte de su jurisdicción y que esa localidad ni siquiera está en la misma ruta que Fresnillo.
Cuando los efectivos castrenses llegaron hasta la calle de Francisco I. Madero en Calera, ingresaron sin orden de cateo a uno de los domicilios y aprehendieron a las víctimas sin que existiera flagrancia o mandamiento judicial alguno en su contra.
Se llevaron detenidos a Jorge David Venegas Leaños, María Alejandra Rocha Montes, Víctor Hugo González Cisneros, Beatriz Fernández Hernández, Fernando José Rodríguez Rodríguez, Guillermo García Murrieta y Germán Martín García González, este último un ex militar de 26 años.
Alrededor de las 6:40 de la mañana, los militares terminaron el cateo, cubrieron los rostros de las víctimas con sus propias playeras, las subieron a su unidad, marcada con el número económico 0897, y partieron.
La esposa de Germán Martín, quien presenció los hechos y es una de las testigos principales del caso, tomó fotografías de los siete jornaleros detenidos, las cuales fueron anexadas como medios de prueba.
Después, ocho militares que estuvieron presentes al momento del homicidio, todos ellos subordinados al coronel y a los cuatro oficiales imputados, completaron el rompecabezas, delatando a sus mandos.
En una desviación del camino, uno de los cinco oficiales que participaron en el operativo viró hacia Fresnillo con cuatro de las unidades participantes, mientras que el resto de los elementos se enfilaron hacia la comunidad La Tesorera, ubicada en el municipio de Jerez, Zacatecas.
En ese punto, cuatro de las víctimas fueron ingresadas a una casa en ruinas, en la que presuntamente uno de los oficiales les disparó en la nuca, utilizando guantes de látex para evitar que sus huellas dactilares quedaran impresas en el arma.
Las otras víctimas fueron trasladadas a una brecha cercana, donde corrieron la misma suerte.
La hipótesis
La teoría del caso que presenta la PGR está sustentada en las declaraciones de los otros elementos de tropa que participaron en el operativo, así como en la versión del oficial que se desvió hacia Fresnillo.
Según las testimoniales, aceptadas como medios de prueba para el juicio oral, una vez cometido el crimen esos mismos mandos borraron la mayoría de las evidencias, puesto que dieron la orden de alterar los registros y bitácoras de los vehículos, además de negar a las familias de las víctimas que ellos hubieran sido los militares aprehensores.
Los subordinados son quienes ahora podrían condenarlos, puesto que aceptaron declarar en contra de sus mandos, primero ante la Procuraduría General de Justicia Militar (PJJM) y después ante la PGR.
Hasta el momento, la fiscal de la PGR, Mónica Alvarado, no ha presentado cargos en contra de todos los soldados que participaron en el cateo, detención y traslado de las víctimas, puesto que los elementos de tropa no accionaron sus armas y además se resistieron a cumplir con las órdenes de sus mandos cuando uno de ellos disparó a quemarropa en contra de la primera víctima, Germán García, un ex integrante de las Fuerzas Armadas.
La Procuraduría General de la República tuvo que tomar una decisión: no castigar el cateo ilegal en el que participaron la mayoría de los militares el 7 de julio de 2015 para así contar con testigos que accedieran a narrar la verdad de los hechos y lograr que se sancione a los autores materiales del crimen o imputar a todos bajo el riesgo de quedarse sin testigos. “Vale más una vida, que un ingreso a un domicilio”, es el resumen del principio que el Ministerio Público Federal aplicó para reconstruir los hechos, presentar su acusación formal y así romper el pacto de silencio que se podía tejer en el interior del 97 Batallón de Infantería para ocultar este crimen colectivo.
El nuevo sistema
A diferencia del modelo de justicia tradicional en el que todo se resolvía a puerta cerrada, el nuevo sistema de justicia oral acusatorio permite que cualquier persona pueda estar en las audiencias públicas.
Además, el sistema penal acusatorio contempla la participación de al menos tres jueces en los procesos que se siguen contra los imputados.
En una primera etapa, los jueces de control definen si la detención de una persona es legal o irregular. Luego, el mismo juez de control resuelve si hay indicios suficientes para vincular a proceso penal a una persona, con lo que concluye la etapa inicial y se pasa a la etapa intermedia.
La etapa intermedia sirve para que el Ministerio Público de la Federación profundice en la investigación en contra de los imputados, recabando pruebas periciales y testimonios que le permitan armar la teoría del caso, es decir, la reconstrucción del hecho delictivo identificando el papel que tuvo cada uno de los procesados.
La defensa tiene acceso a los datos de prueba que recopila la PGR, con el objetivo de que pueda recabar sus propios elementos probatorios. Esta etapa concluye con la audiencia de calificación de pruebas, en la que ambas partes presentan sus medios de prueba, descalificando los que presente su adversario jurídico frente el juez federal. Así fue la audiencia que EL UNIVERSAL tuvo oportunidad de atestiguar.
Cuando no hay impugnaciones, como sí sucedió en el caso de Zacatecas, el juez de control da lectura a un acta para fijar la fecha del juicio oral, tercera etapa del nuevo sistema de justicia penal. En el juicio oral ambas partes volverán a confrontarse frente a tribunal de enjuiciamiento que será presidido por un nuevo impartidor de justicia que no tiene conocimiento previo del caso, lo que le otorga mayor imparcialidad al momento de emitir su fallo.