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Santiago Nieto Castillo, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (Fepade), dio a conocer que se solicitó al Instituto Nacional Electoral (INE) confrontar huellas digitales del Registro Federal de Electores (RFE) con cuerpos de 60 personas que se encuentran en calidad de desconocidas, para identificarlas.
El objetivo es garantizar el derecho humano a la personalidad, y fue posible por el convenio suscrito entre el INE y la Fepade, misma que fungió de puente con la Procuraduría General de la República (PGR), se informó.
Esta confronta de huellas dactilares se ha solicitado para el caso de 60 personas cuyos cuerpos se encuentran en oficinas centrales de la PGR, indicó el fiscal.
“Esto no implica la violación a los datos personales pues lo único que hace el INE es decirnos si o no se encuentra en el padrón electoral, y a partir de ahí se tendría que hacer un requerimiento de carácter ministerial para efecto de dar la información correspondiente”, expuso el funcionario.
En el Seminario Transparencia Electoral, un Homenaje a Alonso Lujambio, realizado en la sede del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Nieto Castillo explicó que este asunto “es un asunto de naturaleza humanitaria (para) el poder identificar el cuerpo de una persona.
“El derecho a la personalidad es un derecho fundamental y todas las personas que fallecen tienen ese derecho”, pero en el caso de las personas que mueren y no son identificadas no se puede cumplir con esto ni asentar los datos en las actas de defunción.
En entrevista, Santiago Castillo indicó que en este asunto la Fepade actuó como vínculo entre el INE con la PGR, y su Dirección General de Asuntos Periciales, pues así se estableció en convenio de colaboración INE-Fepade.
“En ese convenio se estableció una cláusula en la cual se planteó que en los casos de identificación de personas la Fepade podría solicitarle al INE si las huellas dactilares de una persona de la cual se encuentra el cuerpo y no se tiene conocimiento de cuál es su personalidad, si formaba parte del Registro Federal de Electores (RFE)”.
Esto atiende al mandato del artículo 3 de la Convención Americana de Derechos Humanos que establece el derecho a la personalidad y se han mandado solicitudes al INE y nos ha contestado si la persona se encuentra o no en el RFE.
afcl