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doris.gomora@eluniversal.com.mx
Al resolver un amparo directo el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito —que corresponde a Jalisco— determinó otorgar la protección de la justicia federal a Ernesto Fonseca Carrillo, Don Neto, para que cumpla su condena en prisión domiciliaria ante su avanzada edad.
Resta que el sistema penitenciario federal determine el lugar del confinamiento en el que continuará purgando su sentencia de 40 años, de los que ha cumplido 30, por el secuestro y asesinato del ex agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar.
Con esta decisión los dos capos inculpados por el crimen del agente estadounidense estarían fuera de prisión, luego de que Ernesto Caro Quintero obtuvo su libertad en agosto de 2013, en un fallo judicial controvertido, que después se revirtió, por lo que existe una orden de aprehensión vigente en su contra.
La defensa de Fonseca Carrillo, quien actualmente tiene 85 años, obtuvo un amparo directo para que el ex líder del Cártel de Guadalajara deje el Centro Federal de Readaptación Federal de Puente Grande, Jalisco, y cumpla el resto de su condena en prisión domiciliaria.
Mientras se espera la impugnación de la resolución por parte de la Procuraduría General de la República (PGR), la defensa del capo ha insistido en lograr la permuta de la prisión por confinamiento domiciliario.
En enero pasado, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito ordenó al Segundo Tribunal Unitario pronunciarse sobre la sustitución de la pena privativa de la libertad o la prisión.
Lo anterior después de que un Tribunal Unitario acreditó la senilidad y el deterioro de salud de Fonseca Carrillo, así como consideró la absolución del narcotraficante de los delitos de asociación delictuosa, de tráfico de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y contra la salud.
El 24 de abril pasado el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en el estado de Jalisco tuvo por cumplida la ejecutoria del recurso legal, en el cual se ordenó al juzgado estudiar la petición de Fonseca, respecto a hacer uso de la prisión domiciliaria.
Después, el miércoles 19 de agosto los magistrados del Tercer Circuito notificaron al Órgano Administrativo Desconcentrado, Prevención y Readaptación Social (OADPRS), con sede en el Distrito Federal, que “en relación con el lugar donde ha de cumplir la medida de seguridad consistente en el confinamiento, corresponde señalarla a la autoridad responsable y no a éste Tribunal Colegiado”.
Fonseca Carrillo está a la espera de que se determine dónde se aplicará la prisión domiciliaria.
Concluye un litigio de varios años, en los que los abogados de Don Neto han solicitado esta medida.
Antes de esta resolución, un Tribunal Unitario de Circuito negó en agosto de 2013 que Ernesto Fonseca —entonces de 83 años de edad— abandonara el penal de máxima seguridad de Puente Grande, y fuera trasladado a su domicilio para cumplir el resto de su sentencia por considerar que podía evadir la acción de la justicia.
La defensa consideró la negativa del beneficio de la prisión domiciliaria como una violación a las garantías constitucionales y derechos procesales del imputado, por su delicado estado de salud.
Fonseca Carrillo fue detenido en abril de 1985 por elementos del Ejército en un inmueble ubicado en Puerto Vallarta, Jalisco, y fue acusado de delitos contra la salud, así como por el secuestro de Enrique Kiki Camarena Salazar y del chofer del agente, Alfredo Zavala, ocurridos durante el mes de febrero de ese mismo año.
Se le acusó de portación de arma de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, así como de tráfico y acopio de armas de fuego que realizaba el líder del Cártel de Guadalajara en su casa de Puerto Vallarta.