El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la remoción de los consejeros de Organismos Públicos Locales Electorales (OPLs) Jesús Uribe Cabrera, de Querétaro, y de Jorge Hernández y Hernández, de Veracruz.

En el primer caso el INE acreditó que Uribe Cabrera, del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, cobró doble durante dos años: como consejero y como académico de la Universidad pública local.

El INE recordó que la Constitución prohíbe a los consejeros electorales tener remuneraciones adicionales a las de su cargo electoral y Uribe recibió ingresos como docente durante 2 años, desde que fue designado consejero y hasta que el Instituto lo emplazó para presentar sus alegatos en el procedimiento de remoción, promovido por Movimiento Ciudadano.

La consejera Adriana Favela recordó que durante las investigaciones del INE se comprobó que el señalado también recibe remuneración económica de la Universidad Mondragón-UCO, de carácter privado.

Planteó que es inadmisible el argumento de Uribe, quien alegó que el INE y Movimiento Ciudadano (el partido quejoso) consintieron que recibiera ingresos de parte de la Universidad pública, pues informó ser docente de ésta durante el proceso de selección de consejeros de OPLs.

Este caso debe dar claridad a todos de que eso está prohibido, dijo Favela.

Así, la remoción se concretó por “recibir indebidamente una remuneración por actividades docentes en una Universidad pública, violentando con ello los principios de independencia, imparcialidad, profesionalismo y objetividad”.

El INE también removió al consejero Jorge Hernández y Hernández del Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLEV) por no haberse excusado del proceso de selección y designación de Nancy Popo Pale como secretaria del Consejo Distrital 18 del organismo.

La designada había sido esposa de su hermano (aunque separada de él), por lo que “existía un impedimento en razón de la existencia de un vínculo de parentesco en segundo grado colateral por afinidad” y esa irregularidad ocurrió desde el 24 de noviembre de 2015 en que se entregaron los expedientes de los aspirantes al cargo, al 9 de enero de 2016, en que se emitió el acuerdo de designación.

Este caso, planteó por su lado el consejero Ciro Murayama, también debe servir de ejemplo para que en un futuro en situaciones similares los consejeros se excusen de conocerlos.

En cambio el INE descartó la remoción de los consejeros que integran el Instituto Electoral del Estado de Tamaulipas (IEETAM), procedimiento que inició por la vista ordenada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en abril pasado por reincidente incumplimiento de 2 de sus sentencias.

Pero el INE acordó que “existieron circunstancias que justifican lo extemporáneo de los respectivos acatamientos”, fueron amonestados por ello y no hay causas graves: notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de sus funciones o labores, es decir, causales de remoción.

El representante del PAN, Francisco Gárate, pidió la remoción de todo el OPL pues incurrieron en ineptitud y dolo, pues desacataron la orden para designar a los consejeros electorales propietarios y suplentes de los consejos distritales y municipales del Estado de Tamaulipas, cuando era notorio que los que ocupaban los cargos en un 80 % tenían militancia priísta.

Además, recordó, el OPL Incurrió en “artimañas” por las que pretendieron negar el registro del entonces candidato -hoy gobernador- Francisco Cabeza de Vaca.

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