Más Información
Osiel Cárdenas, exlíder del Cártel del Golfo, recibe auto de formal prisión; enfrentará juicio por homicidio
Jóvenes mexicanos pasan más de 2 mil horas al año en el teléfono; OCDE alerta sobre su impacto en la salud mental
Sergio Gutiérrez Luna destaca aprobación de 25 reformas en la 66 Legislatura; "Un logro histórico para la 4T", señala
Secretario de Agricultura reafirma defensa del maíz blanco; "Seguiremos apoyando la producción nacional no transgénica", afirma
¿Maíz transgénero? Rubén Rocha corrige desliz durante discurso en Sinaloa; destaca importancia del maíz blanco
Sheinbaum asegura apoyo total a Sinaloa para enfrentar violencia; "Nunca los vamos a dejar solos, aquí está la presidenta"
carina.garcia@eluniversal.com.mx
El Instituto Nacional Electoral (INE) arribó, sin consenso, a una propuesta de lineamientos sobre la aparición de los dirigentes y voceros de los partidos políticos en los spots partidistas, con los que busca evitar el abuso del derecho, fraude a la ley o conductas que afecten a la equidad de las contiendas internas o constitucionales.
El documento aún era afinado ayer por los consejeros electorales; sin embargo, el borrador propone clarificar la metodología de análisis a la que se sujetará la Comisión de Quejas y Denuncias del organismo al resolver los casos y determinar sobre el uso adecuado o no de la pauta.
Esta consiste en glosar los criterios emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver casos previos.
La Comisión de Quejas del INE es la facultada para analizar quejas preliminarmente y decidir sobre posibles medidas cautelares, pero turna los asuntos a la Sala Regional Especializada del TEPJF; con las reglas se busca un método de análisis para identificar si de manera indebida se posiciona, con uso de la pauta, un dirigente o vocero, así como establecer casos no permitidos.
Aunque el documento aún no es definitivo —se prevé su entrega oficial el viernes y discusión en Comité de Radio y Televisión el lunes— se plantea que en periodo ordinario, cuando no hay elección, es viable mayor libertad en la aparición de líderes o voceros, pero no en periodo de precampaña o campaña.
En estos últimos debe de privar la equidad en las contiendas, tanto al interior de los partidos como en relación a otros, y se debe privilegiar la exposición de precandidaturas, candidaturas y plataformas.
Pero se plantea diferenciar y restringir las apariciones cuando el dirigente o vocero es al mismo tiempo aspirante, precandidato o candidato a un cargo de elección popular.
En este punto no hay acuerdo, pero algunos consejeros aún impulsan que en esos casos, desde el inicio del proceso electoral y hasta el inicio de la etapa de precampañas, “no podrán aparecer o participar con ese carácter o cargo partidista” en la pauta de su partido, pues podría ser posicionamiento o ventaja indebida en detrimento de la equidad.
Así, de aprobarse una medida similar, podrían restringirse hasta tres meses —de septiembre, en que inicia el proceso electoral, hasta la última semana de noviembre en que arrancan las precampañas— la aparición de líderes considerados contendientes a 2018: Andrés Manuel López Obrador, líder de Morena, y Ricardo Anaya, del PAN.
El documento reproduce los elementos que el TEPJF ha ordenado analizar en esos casos: la centralidad del sujeto (protagonismo del denunciado frente al resto de los elementos del mensaje); la direccionalidad del discurso (una probable intención, una elección, un cargo, una fecha) y coherencia narrativa (análisis contextual que confirma o no ese protagonismo y esa direccionalidad).