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Por la muerte, posesión y comercialización de un jaguar cazado en San Antonio Xiulub, Yucatán, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) presentó una denuncia penal ante la PGR contra tres sujetos identificados, así como contra quien resulte responsable de estos hechos.
Derivado de una inspección realizada en la localidad de San Antonio Xiulub, en el Municipio de Espita, Yucatán, se identificaron a tres sujetos de un grupo que intervino en la muerte, posesión y comercialización de un ejemplar de jaguar.
Según los hechos denunciados en redes sociales, el jaguar fue localizado por perros en un monte, el cual está ubicado a una distancia de entre 5 y 6 kilómetros del poblado de San Antonio Xiulub y posteriormente fue abatido con armas de fuego en el interior de una cueva, para posteriormente extraerle la piel y venderla.
El pasado 22 de abril la dependencia comenzó una investigación por la probable caza de un ejemplar de Jaguar así como la venta de su piel, cabeza, colmillos y diversas partes de su cuerpo, ocurrido en el poblado de San Antonio Xiulub.
Tras las denuncias realizadas en redes sociales y medios de comunicación locales, personal de la Profepa se trasladó al poblado en mención para realizar la inspección correspondiente, cuyo resultado permitirá sancionar y denunciar ante la autoridad ministerial a los presuntos responsables de violar la legislación en materia de protección a la vida silvestre.
Los inspectores federales se entrevistaron con pobladores de la zona, quienes manifestaron que el jaguar fue víctima de caza probablemente por parte de criadores de ganado, ya que el ejemplar fue señalado de comerse a siete carneros de su propiedad.
Las personas mencionaron que tanto su piel como carne, colmillos y cabeza fueron objeto de comercio ilegal, hechos que también son investigados para establecer la responsabilidad de los cazadores furtivos.
Cabe señalar que el jaguar (Panthera onca) es una especie en peligro de extinción (P), enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010; además, se encuentra incluida en el Apéndice I de la Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (CITES).
Con base en el artículo 420 fracción IV del Código Penal Federal, se podrá imponer una pena de 1 a 9 años de prisión a quien ilícitamente dañe, trafique, posea, transporte, acopie, introduzca o extraiga al país alguna especie sujeta a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte.
lsm