La convocatoria de pago para los empleados de Mexicana de Aviación no es una liquidación laboral ni implica la renuncia a sus derechos como trabajadores de dicha empresa, afirmó el juez encargado de la liquidación de la aerolínea.

El Juez Décimoprimero de Distrito en materia Civil en la Ciudad de México que la semana pasada autorizó un primer pago a más de seis mil trabajadores afectados por la quiebra de Mexicana de Aviación, aclaró que la convocatoria no afecta sus derechos laborales.

Luego de darse a conocer la autorización del primer pago en los concursos mercantiles de Mexicana de Aviación, Mexicana Inter y Aerovías Caribe, S. A. de C. V.; un grupo de trabajadores acudió al edificio sede del Poder Judicial de la Federación en San Lázaro a manifestar su inconformidad contra las cantidades que recibirán por considerar que no corresponden a la antigüedad que tenían en la empresa.

Por ello, el juez Horacio Nicolás Ruiz Palma aclaró que el edicto publicado la semana pasada, además de estar disponible en las páginas electrónicas del Consejo de la Judicatura Federal y del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, no constituye una liquidación laboral ni la renuncia a sus derechos como empleados ante las autoridades de trabajo.

Esto, debido a que el pago autorizado derivó de tres procedimientos de concurso mercantil que tienen una naturaleza jurídica en la materia civil, no en la materia laboral que es la que fundamenta, en cualquier caso, las demandas de pago de los derechos laborales que tienen los afectados.

Afirmó que el próximo lunes iniciará el proceso de asignación del folio de cobro personalizado a los empleados que serán beneficiados en la primera fase de pago para que realicen sus trámites en los juzgados de Distrito en la República Mexicana y ordenó la publicación del calendario para que los trabajadores obtengan su folio.

ahc

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