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Con votación divida, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó en sesión privada la medida cautelar para mantener fuera del radio y la televisión los spots de Morena que se difunden en Nayarit y en los que aparece Andrés Manuel López Obrador.
En los mensajes pautados por ese partido, López Obrador critica el gasolinazo y asegura: “es claro que no todos somos iguales. Ahora con lo del gasolinazo, los legisladores de Morena fueron los únicos que no votaron por los aumentos en los precios de los energéticos. También está quedando de manifiesto que los de la mafia del poder no quieren dejar de robar”.
Esa propaganda, según el partido, corresponde al precandidato Francisco Turón Hernández, pero fue denunciado por el PAN por presunto uso indebido de la pauta pues sólo en 8 de 22 segundos aparece un cintillo con el nombre del aspirante y en el resto del mensaje es López Obrador el que se posiciona.
De acuerdo a la Comisión de Quejas, en argumento validado por los magistrados, cuando no hay proceso interno para seleccionar candidato, el partido puede difundir mensajes genéricos en los que exponga la ideología, programa o plataforma política del partido político.
En cambio si hay proceso interno de selección de candidato –pues se registra más de un precandidato—los mensajes deben circunscribirse a “buscar el apoyo de las y los afiliados a cualquier de los precandidatos registrados”.
Así, en este caso se aprecia “falta total de vinculo entre lo manifestado por el dirigente nacional de Morena y la precandidatura de la que se dice pertenece la propaganda (Francisco Turón Hernández), quien ni siquiera aparece en el material ahí controvertido”.
Con ese criterio 4 de 7 magistrados votaron por mantener fuera del aire los mensajes de Morena señalados.
En cambio, en voto particular los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata Pizaña se pronunciaron por revocar las medidas cautelares ordenadas por la Comisión de Quejas del INE, en las que ordenó el retiro del promo.
De acuerdo a estos magistrados la Sala Superior “ya había sostenido que es lícito que el aspirante de algún partido, en sus mensajes, aluda a temas de interés general que son materia de debate público, pues tal proceder está protegido por el derecho a la libertad de expresión”.
De hecho, plantearon, ni siquiera es necesario que aparezca el precandidato en los mensajes, pues “lo relevante es la circulación de ideas que enriquezcan el debate público; y que, en su caso, se identifique que se trata de promocionales de precampaña”.
cg