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alberto.morales@eluniversal
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó a Pemex dar a conocer copia del contrato 4400138980, suscrito con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) por un monto de más de 658 mil euros para elaborar un estudio del nuevo marco normativo y las reglas de negocio aplicables a los procesos de procura y abastecimiento de la empresa.
El instituto también le ordenó entregar los tres borradores de las etapas que comprenden el estudio por el cual se celebró el contrato y el resumen ejecutivo final en su versión en inglés.
En respuesta al particular que solicitó la información, Pemex explicó que el contrato no se haría público sin el consentimiento por escrito de ambas partes; es decir, de Pemex y la OCDE, debido a una cláusula de confidencialidad establecida en el documento.
Detalló que su unidad administrativa responsable de la información solicitó a la OCDE el consentimiento expreso al que se refiere la cláusula, pero manifestó su negativa.
Inconforme, el particular presentó recurso de revisión ante el Inai, que respondió que la cláusula invocada era contraria al marco normativo nacional en materia de transparencia.
Expresó que lo solicitado se refiere al contrato y sus anexos; es decir, a los documentos considerados como entregables, aquellos que la OCDE tuvo que realizar —ya sea en versiones preliminares o versiones definitivas— para cumplir con el objeto del contrato.
En el análisis del caso, el comisionado Óscar Guerra Ford expuso que no se actualiza alguna causal de clasificación, ya que partiendo de la premisa a nivel constitucional, “toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos es, por lo mismo, pública”.
Añadió que no se cumplen con los supuestos de clasificación y reserva de información, toda vez que el contrato como su anexo concentran las bases para la realización de un estudio a Pemex por la OCDE.
Detalló que el contrato y su anexo concentran: presentación, objetivo, alcance del estudio, calendario, mecanismo de seguimiento, contribución al estudio, informes financieros, confidencialidad de la información, prerrogativas e inmunidades, personal, resoluciones de controversia, derechos de autor y disposiciones finales.
Además, advirtió que los borradores de las diferentes etapas del contrato, también son susceptibles de entrega, ya que de un análisis a los mismos no se desprende información que deba ser clasificada como “reservada”.
Por lo que toca al resumen ejecutivo, dijo que se debe entregar en su versión en inglés, ya que como se establece en el propio contrato, esa versión se generaría después de 13 meses de la firma del contrato, plazo que culminó el 8 de agosto de 2016.
Guerra Ford destacó la importancia de conocer esa información porque los ciudadanos deben saber los detalles relacionados con todo acuerdo o convenio que celebren las instituciones de gobierno con organismos internacionales, sobre todo en sectores estratégicos para el país.
“Ya que derivado de la reforma energética se abrió la oportunidad a particulares para ofrecer servicios de gasolineras con marca propia y para 2018 se proyecta la liberación para que se importen gasolinas, con lo que Pemex perderá el monopolio del sector.
“Es fundamental que el sector de hidrocarburos tenga un alto estándar de transparencia, pues el Estado conservó la dirección de la misma”, dijo.