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Ante la discusión por una ley de seguridad interior, el senador Manuel Cárdenas (sin militancia partidista) presentó una iniciativa para delimitar la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública y acabar con el estado de excepción con el que han operado durante más de una década.

“Las tareas de seguridad deben estar primordialmente a cargo de instituciones civiles. Las fuerzas armadas sólo deben participar de manera excepcional y por tiempo limitado en tareas de seguridad interior, nunca en seguridad pública”, dijo.

La propuesta indica que México no cuenta con un concepto de seguridad interior que delimite las nuevas amenazas que debe enfrentar el país, establezca autoridades responsables, mecanismos de operación y coordinación interinstitucional y de los niveles de gobierno.

Para contrarrestarlo, el senador de Nueva Alianza propone adicionar al artículo 129 constitucional un segundo párrafo para definir a la seguridad interior como una función del Estado, coordinada por el Ejecutivo Federal, con la participación de los tres órdenes de gobierno, que busca atender las amenazas a la seguridad que afecten al país, a sus instituciones y su población.

Asimismo, plantea adicionar el artículo 73 constitucional con una nueva fracción 23-10, que faculte al Poder Legislativo para expedir la ley en la materia estableciendo sus alcances, autoridades responsables y los mecanismos de participación, de manera extraordinaria y temporal, de las fuerzas armadas.

El senador Cárdenas Fonseca precisó que no existe ningún tipo de limitación a la facultad del titular del Ejecutivo federal de disponer de la totalidad de las Fuerzas Armadas para la seguridad interior del país. Eso da paso a un uso discrecional de la facultad y sin límites y de manera extraña no está sujeta a controles del legislativo, cuando sí las hay para suspender garantías, para declarar la guerra y hasta para nombrar integrantes de las Fuerzas Armadas.

Dijo que no hay certidumbre jurídica en la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad interior y seguridad pública; por lo que propone reformar el artículo 129 constitucional para establecer que en tiempos de paz éstas podrán participar de manera extraordinaria, por tiempo limitado y según lo que establezca la ley.

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