Más Información
Migrantes de otras nacionalidades deben de ser repatriados a sus países, no a México: Sheinbaum; “no los vamos a dejar solos”, dice
Sheinbaum ofrece a migrantes acceder a programas de Bienestar ante amenaza de Trump; no ha tenido “mayor comunicación”
Sheinbaum responde a Trump tras advertencia de declarar cárteles como organizaciones terroristas; “no hay que engancharse”, dice
Implementa Gobierno operativo para combatir abusos contra paisanos; reconocen a héroes y heroínas migrantes
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) descartó medidas cautelares relativas a la difusión de actividades o mensajes del Gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, del dirigente nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador o de la panista Margarita Zavala.
El mandatario de Puebla fue señalado por el ciudadano Alan Alejandro Osorio por supuesta promoción personalizada en un periódico local, y además por presuntamente haber distraído recursos públicos con el fin de realizar actos anticipados de campaña.
Los consejeros desestimaron la emisión de cautelares en el primer caso porque se trata de hechos consumados, ya que la publicación se difundió sólo del 11 al 17 de este mes.
En el segundo señalamiento se determinó que también son hechos consumados y no se probó, por lo menos preliminarmente, como para avalar cautelares, que Moreno Valle haya incurrido en actos anticipados de precampaña o campaña.
Una tercera queja analizada fue contra López Obrador por la difusión del spot de radio y televisión “Adultos mayores y jóvenes”, en que se acusó que el político incurre en actos anticipados de campaña.
Empero, anoche, en que sesionó la Comisión para resolver estos casos, los mensajes aún no estaban al aire.
También se descartaron medidas para acotar la actividad de la ex primera dama Margarita Zavala, señalada de actos anticipados de campaña a través de las organizaciones “Yo con México”, y “Dignificación Política”.
Por unanimidad se resolvió que, como recién determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el caso de Moreno Valle, la Comisión del INE no está facultada para emitir medidas de tutela preventiva cuando analiza posibles actos futuros (como buscar una candidatura) relacionados con ejercicio de la libertad de expresión.
cg