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Durante la discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el proyecto de sentencia que busca resolver las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra la Ley del Derecho de Réplica, se prevé que el ministro ponente busque incidir en su última intervención ante el pleno para mantener su postura, quitar los requisitos de información “falsa o inexacta” para hacer valer ese derecho.
Hoy, el ministro Alberto Pérez Dayán hará su última intervención sobre el proyecto que elaboró, en el que se prevé que plantee una interpretación de la ley para establecer los tres supuestos del principio de inexactitud sobre la información: verdadera pero incompleta, insuficiente o fuera de contexto.
El debate comenzó a avanzar desde el lunes 7 de noviembre, cuando los ministros determinaron que tanto el PRD como Morena estaban legitimados para impugnar esta ley, aunque no sea de carácter electoral, al igual que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
El martes, los integrantes de la SCJN comenzaron a analizar el fondo del proyecto, la propuesta de que cualquiera que se sienta agraviado por información publicada en medios de comunicación puede requerir el derecho de réplica, sin importar si son datos verídicos o no.
Ese día, siete de los 11 ministros del pleno se pronunciaron en contra del proyecto realizado por Alberto Pérez Dayán, al considerar que eliminar los requisitos de información “falsa o inexacta” para hacer valer el derecho de réplica, implicaría imponer límites excesivos a la libertad de expresión.
Hoy, los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo y el presidente de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, expondrán sus argumentos y se realizará la votación sobre esta parte de la sentencia.
La sesión de hoy será definitiva, luego de la votación contraria a la propuesta del ministro Pérez Dayán. En caso de mantener esa tendencia, el proyecto tendrá que ser turnado a otro de los ministros para que recupere y redacte uno nuevo conforme a las expresiones mayoritarias de la votación. Hasta ahora quedó expresada por declarar la validez de los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley del Derecho de Réplica —que la información sea falsa o inexacta— impugnados por los partidos políticos.
El segundo escenario que se prefigura es que el ponente decida cambiar su voto en el mismo sentido en el que se han expresado la mayoría de los ministros.
Según los registros en las sesiones de la Corte, una vez que ocurre ese tipo de supuesto en el que un proyecto obtiene en su mayoría votos en contra, regularmente se opta por turnarlo a otro ponente para que recoja las opiniones de todos y redacte esa porción conforme a la opinión mayoritaria.
En caso de llegar a ese acuerdo, el análisis del resto de los supuestos impugnados, como el caso de no definir multas, se discutirá hasta que se haya elaborado el nuevo documento.
Una alternativa en la discusión es convocar a la interpretación extensiva, lo que significaría buscar precisiones de lo que no está claro en la ley.
El ministro Pérez Dayán anticipó a EL UNIVERSAL que de acordar en mayoría una interpretación de la ley, sea cual sea, pero que establezca los tres supuestos de inexactitud referida a información verdadera pero incompleta, insuficiente o fuera de contexto, cambiará su voto.