El coordinador parlamentario del PRD, Miguel Barbosa y su compañero Armando Ríos Piter presentaron una iniciativa para reformar diversos artículos de la Constitución con el objeto de impulsar los gobiernos de coalición y la segunda vuelta presidencial.
En la iniciativa, que esta publicada en la Gaceta Parlamentaria, se explica que una vez que del proceso electoral ha surgido un presidente electo, si no ha obtenido un grado óptimo de legitimación -representado por una votación favorable del 50% más uno de los electores-, entonces debe necesariamente proceder a formar un gobierno de coalición.
“El gobierno de coalición debe fundarse sobre el sólido cimiento de un acuerdo entre los partidos políticos cuya votación obtenida sumada represente, cuando menos, el 50% más uno de los votos válidos emitidos”, explica.
La iniciativa señala que el acuerdo deberá estar plasmado en un convenio y en un programa de la coalición, mismos que deberán ser aprobados por el Congreso de la Unión mediante un procedimiento que promueva la cooperación entre Ejecutivo y Legislativo.
“El convenio debe comprender mecanismos efectivos de cooperación entre las fuerzas políticas que forman el gobierno, por lo que se establece la necesidad de que sea determinada la organización del gabinete y la forma de trabajo para la toma colegiada de determinaciones de gobierno: la presentación de iniciativas, la interposición del veto presidencial, la firma de tratados, la definición de las ternas para la elección de ministros de la Corte, entre otros”.
En el caso de la segunda vuelta presidencial se propone que ésta se dé cuando ningún candidato sea electo con más de 50% más uno de los votos válidos emitidos en la jornada electoral.
Así se realizará una segunda jornada electoral en la que participarán únicamente los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos y en la que resultará electo el candidato que obtenga más del 50% de los votos válidos emitidos.
La segunda jornada electoral se realizará en el plazo de 28 días posteriores al de la jornada electoral en la que no resultó electo el presidente.
Los candidatos a la elección de Presidente de la República que no resulten electos, pero hayan obtenido una votación equivalente al 3% de los votos válidos emitidos en la elección, se integrarán a la Cámara de Diputados por el principio de representación proporcional.
pmba