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La estrategia de los Abarca, presuntos líderes de Los Guerreros Unidos en Iguala, de solicitar amparos para evitar ser detenidos y desvirtuar los autos de formal prisión dictados en su contra, no ha tenido buenos resultados.

En una revisión de las listas de juzgados de amparo, EL UNIVERSAL constató que hasta el momento el ex alcalde de Iguala, José Luis Abarca Velázquez, e implicado en la desaparición de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, tiene pendiente un amparo que promovió en mayo de 2015.

En su demanda, Abarca Velázquez señaló que las autoridades del Centro Federal de Readaptación Social número 1 El Altiplano, le niegan la atención médica que requiere en detrimento de su salud.

En el expediente número 502/2015, el juez Décimo Segundo de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México, admitió la demanda y designó peritos que deberán dictaminar si la salud del ex funcionario se ve comprometida por la omisión de las autoridades que señala como responsables.

En febrero les fue autorizada la entrada al Altiplano para examinar a Abarca Velázquez y su expediente clínico completo fue enviado al juzgado de amparo, donde está puesto a disposición de los peritos para que puedan realizar su dictamen.

Hasta la fecha, los peritos no han acudido al juzgado a revisar el expediente clínico, por lo que no han emitido sus dictámenes y la audiencia constitucional para desahogar los informes con los que debe contar el juez para emitir su resolución, no se ha realizado.

En marzo de 2015, el ex edil promovió ante el Juzgado Noveno de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México un proceso contra el juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en Tamaulipas, con residencia en Matamoros, contra la orden de aprehensión y comparecencia emitida en la causa penal número 100/2014.

En ese expediente se le acusó de homicidio y delincuencia organizada en su modalidad de secuestro y contra la salud; sin embargo, el juez de amparo en la Ciudad de México ordenó enviar la demanda al Juzgado de Distrito en materias de Amparo y Juicios Federales en el estado de Tamaulipas, por considerarlo la autoridad competente por razones de territorio.

En su demanda, Abarca Velázquez alegó violaciones al debido proceso que dieron lugar a la afectación de la presunción de inocencia y su posterior captura.

El juez de Tamaulipas registró el asunto bajo el número de expediente 409/2015, mismo que fue sobreseído el 18 de julio de este año, debido a que el ex edil interpuso su demanda fuera del término legal que le es concedido para impugnar.

Previo a su detención el 4 de noviembre de 2014 por el caso de los 43 estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa, el ex alcalde Abarca Velázquez y su esposa Pineda Villa intentaron detener cualquier orden de búsqueda, localización, detención, aprehensión o arraigo emitidos en su contra.

En octubre de 2014, ante los juzgados Primero y Décimo Primero de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México, la pareja solicitó amparo contra su posible captura y señalaron a diversas autoridades como responsables en dos demandas conocidas como “amparos buscadores”.

Para noviembre de ese año, mes en que fueron aprehendidos, los amparos fueron sobreseídos debido a que cuando promovieron sus juicios no existían los actos que reclamaron. Incluso, ambos jueces de amparo otorgaron inicialmente la suspensión provisional de la orden de aprehensión contra María de los Ángeles Pineda Villa y José Luis Abarca Velázquez, para lo cual ambos debían pagar una garantía por 35 mil pesos.

Entre los implicados en el caso Iguala, Sidronio Casarrubias Salgado, señalado como líder de Los Guerreros Unidos, consiguió mediante un amparo en revisión que un tribunal federal ordenara la reposición de su procedimiento penal.

El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en materia Penal en el Estado de México resolvió en el amparo en revisión número 264/2015, que las pruebas aportadas para consignarlo y librar la orden de aprehensión en su contra por delincuencia organizada y portación de arma de fuego, fueron insuficientes.

De acuerdo con el fallo, el juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, que conoce de la causa penal número 84/2014, no debió darle pleno valor probatorio a su declaración preparatoria debido a que previo a emitirla fue torturado.

El presunto líder de Los Guerreros Unidos acreditó que en el caso le fue violado el debido proceso y el Tribunal Colegiado ordenó la emisión de una nueva orden de aprehensión en su contra, pero fundamentada en pruebas lícitas.

Es decir, que el amparo concedido no implica su liberación, sino que su procedimiento deberá ser substanciado nuevamente.

En este momento, el Tribunal Colegiado está en proceso de notificar a todas las autoridades necesarias de su resolución para que estén en posibilidad de impugnar o, de no hacerlo, que la sentencia quede firme y se inicie con su cumplimentación.

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