Por primera vez, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) inició proceso sancionador contra el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana por evadir responder una solicitud de información, conforme a la nueva Ley de transparencia.

Además le ordenó entregar recibos de pago, notas de venta y/o comprobantes fiscales que ha remitido a Pemex para comprobar el gasto de los recursos públicos otorgados en 2015 del Contrato Colectivo de Trabajo entre el sindicato y la empresa del Estado mexicano.

Así lo informó el Inai quien tras resolver un recurso de revisión en contra del Sindicato quien no dio ninguna respuesta ni en alegatos ni en la resolución del recurso.

Un ciudadano solicitó, esa información el 19 de mayo de 2016 y al 16 de junio, fecha en que por ley terminó el plazo de respuesta, el Sindicato no había contestado.

El ciudadano interpuso ante el Inai, recurso de revisión por falta de respuesta, el cual se turnó a la ponencia del comisionado Oscar Guerra Ford; al 7 de septiembre, cuando el pleno de Instituto resolvió el recurso, el sindicato no presentó respuesta ni alegatos.

El comisionado Guerra explicó que al momento de la solicitud de información, el Sindicato era ya sujeto obligado directo por las leyes General y Federal de Transparencia, y que además contaba con las herramientas y capacitación otorgadas por el Instituto para acceder al sistema de solicitudes de información, como lo hizo el 2 de mayo.

“Destaco que ante la notificación del presente medio de impugnación, el Sindicato Pemex ignoró por completo las gestiones en la sustanciación de este recurso, ya que no se pronunció en ningún momento ni en ningún sentido”, comentó.

Guerra Ford dijo que el Sindicato ha solicitado que se le cancelen las contraseñas para acceder al sistema de solicitudes y que sus obligaciones de información se alojen en el portal de Pemex, y aunque es una opción contemplada en la ley, es el sindicato el que debe atender y sustanciar las respuestas a las solicitudes de información por ser un sujeto obligado directo.

“No cabe duda que en el presente asunto el Sindicato vulneró el ejercicio del derecho de acceso a la información que concierne al particular, en virtud de que fue omiso en atender la solicitud de información, por lo que conforme a lo dispuesto la Ley Federal en la materia”.

Por ello el Inai ordenó que se inicie el procedimiento sancionador para aplicar las sanciones correspondientes al sujeto obligado y se le ordene entregue la información pedida por el solicitante sin costo alguno.

En la revisión del caso se examinaron cláusulas del Contrato Colectivo de Trabajo entre Pemex y el sindicato, y se halló que la empresa productiva del Estado mexicano entregó en 2015 a la organización gremial dinero para distintos propósitos.

La información que deberá entregar el sindicato es relativa a los recibos y comprobantes de apoyo económico al Comité Ejecutivo General; gastos de viaje del Comité Ejecutivo General; apoyo económico para el fomento de actividades culturales y deportivas; gastos para festejos por la expropiación petrolera; gastos para el desfile del primero de mayo y gastos derivados de las revisiones anuales del Contrato Colectivo de Trabajo.

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