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Por unanimidad el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que es constitucional la potestad de los poderes Ejecutivo Federal, de la Ciudad de México y del Congreso General, para designar 40 constituyentes.
“La propia Constitución establece que la conformación del Congreso Constituyente (de la Ciudad) se integraría por diputados electos por el voto popular, como por designación”, por lo que la potestad de designar a los integrantes de la Asamblea no afecta el principio de división de poderes, resolvieron los magistrados de la Sala Superior.
El recurso fue promovido por los ahora ex candidatos a diputados independientes Jorge Eduardo Pascual López y Xavier González Zirión contra el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Angel Mancera, la Cámara de Diputados, el Senado de la República y el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).
Originalmente solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pronunciarse antes de que el TEPJF resolviera su “juicio de nulidad del proceso electoral”.
Expusieron que la designación de diputados "resulta nula por resultar inelegibles los diputados que se asignen mediante ese procedimiento, por lo que, en su oportunidad, se deberá de declarar procedente la nulidad”.
Pero la Corte no aceptó la competencia, por tratarse de materia electoral, y el 16 de agosto envió el recurso al TEPJF, mismo que determinó hoy la inexistencia de un recurso jurídico de ese tipo, pues el mecanismo de integración del Constituyente es norma constitucional.
El magistrado Flavio Galván explicó “no procede ningún medio de impugnación en materia electoral y en ninguna parte del sistema jurídico mexicano, para controvertir la constitucionalidad, la validez o nulidad de un precepto constitucional.
“No es un procedimiento electoral basado en el voto de los ciudadanos, en el voto libre, secreto, directo, intransferible, personalísimo y universal igual de los ciudadanos, se trata de un procedimiento que como dicen los demandantes está previsto en el artículo 7° transitorio del decreto de reformas a la Constitución” promulgado el 29 de enero de 2016.
El decreto establece que el Ejecutivo Federal deberá designar 6 diputados, el jefe de gobierno de la Ciudad de México otros seis, y las Cámaras de Diputados y de Senadores 28 entre ambas, de los cuales están pendientes tres.
Estos 40 se sumarán a los 60 diputados electos el pasado 5 de junio, para constituir el 15 de septiembre la Asamblea Constituyente que redactará la primera Constitución de la Ciudad.
Antes de esa fecha, estableció, deberán realizarse las designaciones.