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El senador independiente Manuel Cárdenas Fonseca, autor del artículo 32 de la Ley 3de3 que fue vetado por el Ejecutivo federal, aseguró que las observaciones hechas por el presidente Enrique Peña Nieto tienen incongruencias, “así como argumentaciones que no comparto”.

Señaló que, por ejemplo, el artículo sexto de la reforma constitucional en materia de transparencia hace extensivas las obligaciones relacionadas con el ejercicio de los recursos públicos por igual para personas físicas o morales, sin distinción para autoridades y particulares.

En una misiva enviada a los presidentes de las comisiones dictaminadoras: Pablo Escudero (PVEM), Anticorrupción y Participación Ciudadana; Alejandro Encinas, Estudios Legislativos, y Fernando Yunes (PAN), de Justicia, señaló los “fundamentos jurídicos que las comisiones y los empresarios que se dicen afectados no han querido dialogar” con él.

En su carta, explicó que el artículo 108 de la reforma de transparencia no incluyó a los particulares como sujetos obligados a presentar declaraciones porque se refiere exclusivamente a los servidores públicos. “Tampoco se les obliga a presentar la declaración fiscal ni la publicidad obligatoria de las declaraciones [3de3], lo cual si hay en la ley reglamentaria”, dijo.

Afirmó que la obligación de los particulares en materia de anticorrupción está presente en la reforma que le dio a la Auditoria Superior de la Federación (ASF), artículo 79, fracción I que establece: “fiscalizará los recursos federales que se destinen o se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada”.

Por ello, aseveró, en cuanto a la posible violación a los derechos constitucionales de los particulares que señalan las observaciones del Ejecutivo, “no concuerdo en que esa violación exista; la ley se funda en hacer valer el interés público sobre el privado”.

Afirmó que en el caso del empresariado el artículo sólo es aplicable a quienes ejerzan recursos públicos o contraten con entes del gobierno.

Consideró que es “inconsistente” acusar de intromisión en la esfera privada de las personas físicas y morales que están vinculadas a los recursos públicos si se indaga con motivo de fiscalización. “No es válido cuando se trata de prevenir posibles actos o conductas de corrupción”, añadió.

“[El veto] nos condena a no frenar la corrupción y esperar que los medios de comunicación, a través de solicitudes de información, detecten a personas físicas o morales que han obtenido beneficios de manera ilegal usando figuras empresariales”, destacó.

Sobre las declaraciones del presidente del Consejo Coordinador Empresarial, Juan Pablo Castañón, de que los empresarios buscan combatir la corrupción mediante certificados de buenas prácticas, se mostró de acuerdo. Su objetivo, afirmó, es certificar a las empresas relacionadas con los recursos públicos.

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