Política

Invalida TEPJF requisitos “irracionales” para independientes

Los magistrados consideraron “irracionales”, entre otros, el requisito de reunir el 5% de firmas ciudadanas de apoyo

20/01/2016 |18:38Carina García |
Redacción El Universal
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró Inconstitucionales e inaplicables los requisitos establecidos en el Código Electoral de Aguascalientes para el registro de candidatos independientes a contender en las próximas elecciones locales.

Los magistrados consideraron “irracionales”, entre otros, el requisito de reunir el 5 por ciento de firmas ciudadanas de apoyo para ser candidato independiente a gobernador; no haber sido militante ni afiliado de alguna fuerza política en los últimos 6 años y no haber contenido en ningún procedimiento interno partidista dentro de los 2 procesos anteriores, así como el que se hagan públicos los datos de los ciudadanos que firmen en apoyo a un aspirante a candidato independiente.

En sesión pública los magistrados cuestionaron la constitucionalidad de esas restricciones establecidas por el Congreso de Aguascalientes.

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La magistrada María del Carmen Alanís recordó que si bien hay reglas distintas según la entidad, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado la libertad de configuración normativa de cada entidad y ha considerado la constitucionalidad de 3 por ciento de firmas de apoyo, no se ha pronunciado sobre 5 por ciento.

Sin embargo para el TEPJF ese porcentaje es desproporcionado. Sobre la publicitación de los nombres y domicilios de los ciudadanos que apoyan a los candidatos independientes, Alanís indicó que es excesivo e irracional.

El margen de libertad –expuso el magistrado presidente, Constancio Carrasco Daza, se encuentra limitado porque en este caso se trata de un derecho humano y los congresos locales están obligados a garantizarlos.

El magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar cuestionó la legislación emitida por el Congreso del estado

“¿No sabrán los señores diputados de Aguascalientes que esto es atentatorio contra tratados internacionales signados por México?”, preguntó.

En la sentencia el Tribunal declaró inconstitucional y por ende la inaplicación de lo establecido en 376, 384 y 387 del Código Electoral de Aguascalientes.

afcl