Por considerar que se trataba de una norma desproporcionada y excesiva, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una fracción de la ley electoral del estado de Hidalgo que impedía la postulación como candidato independiente de cualquier persona que hubiese sido candidata de un partido en los seis años previos a los comicios estatales que tendrán lugar en junio del 2016.

Por unanimidad de nueve votos, el Pleno del Máximo Tribunal del país invalidó una fracción del artículo 247 del  Código Electoral del Estado de Hidalgo que prohibía el registro como candidato de independiente de cualquier persona que se hubiese postulado por un partido político en los dos comicios anteriores, tanto a nivel federal como local, argumentando que dicho impedimento excedía los límites de razonabilidad y proporcionalidad que exige la Carta Magna.

La norma invalidada representaba una de las leyes “antibronco” más estrictas de todo el país, ya que impedía la postulación de quienes hubiesen buscado una alcaldía, regiduría, diputación local o federal, e incluso la gubernatura, a quienes hayan sido candidatos en los comicios federales celebrados en los años 2009 y 2012, así como en las elecciones estatales del 2010.

No obstante, los ministros de la Corte volvieron a desestimar las impugnaciones contra el requisito que exige a los candidatos independientes haber renunciado a su militancia política en los tres años anteriores a los comicios del 2016, impedimento que se extiende a quienes hayan sido candidatos o líderes de un partido en los anteriores comicios tanto locales como federales.

A pesar de que cinco ministros votaron por invalidar dicha disposición de las leyes electorales de Hidalgo, al final no se alcanzaron los ocho votos que se necesitaban para declarar su inconstitucionalidad. Ni siquiera con el voto de los ministros faltantes, tras el retiro de Juan Silva Meza y Olga Sánchez Cordero, se hubiese alcanzado la mayoría calificada para decretar su invalidez.

Un candado “antibronco” de este tipo, fue avalado por la propia Corte el pasado 26 de noviembre en la legislación electoral de Chihuahua, por lo que dicha norma se aplicará en al menos dos estados del país en los comicios del 2016.

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