Especialistas y magistrados electorales se pronunciaron porque el Congreso regule la propaganda gubernamental, pues la ausencia de normas claras ha disparado la compra de tiempos en radio y televisión de funcionarios públicos y legisladores con el fin de promoverse, so pretexto de informes de labores.

“Se tiene que regular urgentemente” en varias materias, pero entre ellas el artículo 134 párrafo 8 relativo a la propaganda gubernamental y los informes de labores de legisladores, autoridades estatales o municipales, estableció el magistrado  de la Sala Regional Especializada Felipe De la Mata Pizaña.

“A todo mundo le va a dar seguridad jurídica en el momento en que pueda haber informes de labores y que los actores sepan cuándo los pueden dar, sin que haya circunstancias confusas”, advirtió.

“El asunto se vuelve más importante ante la posibilidad de reelección” legislativa y en ayuntamientos y su impacto en la equidad,expuso el magistrado en entrevista en el marco del Observatorio Electoral Judicial, realizado en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Recordó en entrevista que la Sala Superior del TEPJF fijó el criterio de que no se pueden poner de manera sucesiva los informes –al resolver un caso del PVEM, que escalonó sus informes para estar al aire casi 7 meses—y debería establecerse en la ley esa y otras fórmulas que garanticen información a los ciudadanos, pero sin vulnerar la norma.

EL UNIVERSAL publicó en su edición de hoy los señalamientos del consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, respecto a que desde hace 8 años el Congreso debió emitir las leyes reglamentarias del articulo 134 de la Constitución, relativo a propaganda gubernamental.

En la reforma electoral de 2007-2008 se estableció en la Constitución la prohibición a la promoción personalizada de servidores públicos. Sin embargo la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) prevé que los servidores públicos si pueden adquirir espacios en radio y televisión unos días antes y después de sus informes.

El magistrado del TEPJF, Pedro Esteban Penagos, dejó entrever que la propaganda –vía informes legislativos o de gobierno- debe restringirse, pues así lo establece la Constitución, aunque en leyes secundarias lo permitan.

Se establece que los servidores públicos puedan hacer publicidad en relación con estos informes, siete días antes y cinco días después de que se rinda el informe. 
Independientemente de cuánto cuesten los promocionales a través de los cuales se divulga un informe “si el artículo 134 de la Constitución establece la prohibición para que un servidor público pueda adquirir tiempos en radio y televisión ¿será constitucional el artículo 218 de una ley cuando permite esa compra? Yo nada más les dejo eso para el bolsillo”.

Fernando Agiss Bitar, especialista electoral y representante de la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) aseguró que esa circunstancia de los informes de gestión  ha dado pie a que hoy hasta el presidente municipal más alejado del país se anuncie en radio y televisión so pretexto de su informe de gobierno.

“Ahora resulta que todos nuestros gobernantes se anuncian durante sus informes, antes ni informes daban y ahora so pretexto de salir en radio y televisión hacen informes y ahora desde los legisladores, de las bancadas, hasta el presidente municipal de la localidad más pequeña del país compra espacios en radio y televisión”.

ae

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses