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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE archivar como concluido su requerimiento a Andrés Manuel López Obrador para que dé información sobre su presunto acuerdo con líderes religiosos “para evitar compra del voto” pues es pecado social.
El llamado a ese pacto fue hecho por López Obrador en su Facebook y Twitter el 22 de marzo y luego, en gira por Chiapas, indicó que ya había iniciado “trámites” para ello, por lo que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTC) del INE requirió información a López Obrador sobre la titularidad de ambas cuentas y lo ahí expresado pues contravendrían la ley.
Pero López Obrador acudió al Tribunal Electoral a defenderse. Argumentó que la UTF no fundó ni motivó las razones para requerirle información.
Así, por unanimidad los magistrados revocaron los actos de la UTF del INE pues “dejó de citar los fundamentos que le otorgan la facultad para formular el requerimiento impugnado, y tampoco estableció las causas inmediatas y las circunstancias especiales que justifican solicitar la información aludida”.
Además determinaron que la UTF carece de los elementos mínimos exigidos para que este tipo de actos se consideren apegados a Derecho.”y como de las constancias remitidas por la responsable se advierte que no existen elementos que den lugar a los actos de molestia emitidos contra el inconforme, se propone ordenar a la responsable archive el asunto como concluido”.