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carina.garcia@eluniversal.com.mx
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el cómputo total de votos de la pasada elección federal, con lo que el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Humanista (PH) no alcanzaron 3% de los sufragios necesarios para conservar su registro.
Así el Instituto Nacional Electoral (INE) estará en condiciones de resolver, en una próxima sesión de su Junta General Ejecutiva (JGE), sobre la pérdida de los registros de esos institutos políticos como partidos nacionales.
Los magistrados del TEPJF también resolvieron todos los recursos relacionados con la conformación de la 63 Legislatura de la Cámara de Diputados, pero no tuvo cambios.
Los partidos PAN, PRD y Morena habían recurrido a esa integración, pues consideraron que el INE permitió al PRI una sobrerrepresentación mediante diputados “cachirules”, es decir, afiliados tricolores pero que llegaron postulados por el Verde. Según su querella, al no ser computados como priístas se le asignaron al PRI plurinominales que le permitirán tener una sobrerrepresentación de 11% cuando la Constitución permite 8%.
Se van dos. Por unanimidad, el Tribunal validó los criterios con los que el INE realizó el cómputo de la votación válida emitida.
El PT buscó que se restaran los sufragios emitidos por candidatos independientes, para aumentar sus votos, pero esto no prosperó.
Ese cómputo, emitido el pasado 23 de agosto por el INE, arrojó que el PT obtuvo 1 millón 134 mil 101 votos, 2.99% de los sufragios y el Partido Humanista 856 mil 716, es decir 2,2%.
Validan “cachirules”. Los magistrados también consideraron infundados e inoperantes 10 recursos de reconsideración en los que PRD, PAN y Morena demandaron una nueva asignación de diputados plurinominales del PRI, por considerar que está sobrerrepresentado.
Determinaron que no se deben contabilizar como diputados del PRI a los militantes priístas que llegaron a San Lázaro postulados por el PVEM, pues al contender en coalición actuaron conforme a la ley. Empero, en el debate no se pronunciaron respecto a si habría o no sobrerrepresentación del PRI.
En otro recurso, tampoco concedieron al PT el derecho de tener acceso a plurinominales. Por ello sólo llegarán a San Lázaro los seis diputados de mayoría relativa que ganaron sus distritos. Adicionalmente, el TEPJF consideró infundada la petición del PT para que la asignación de diputaciones plurinominales espere a la elección extraordinaria pendiente de realizarse en el distrito 01 de Aguascalientes, donde fue anulado el proceso por la injerencia del gobernador Carlos Lozano.
También rechazaron, como argumentó el PT, que se violaran los principios de legalidad en cuanto que no se asentaron los datos y cifras en términos de las sentencias emitidas por el TEPJF al resolver los juicios y recursos promovidos para impugnar cómputos de diputados.
Determinaron que las sentencias son documentación pública y por tanto ese partido “estaba en actitud de tomar en cuenta la información en esas ejecutorias para verificar si el cómputo total estaba apegado a derecho”.