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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) ordenó a la Presidencia de la República entregar documentación relativa a la modificación, adecuación y/o remodelación de oficina a casa habitación la residencia Miguel Alemán; así como el desglose de esos trabajos, fecha de inicio y término de las obras.
Lo anterior luego de que el pleno del INAI determinara que Presidencia hizo una búsqueda de información “restrictiva” al atender nueve solicitudes de información.
Por medio de la Ley de Transparencia un ciudadano pidió dicha información con base en declaraciones realizadas por el vocero presidencial, Eduardo Sánchez, la Presidencia proporcionó los vínculos electrónicos para atender las solicitudes.
En su respuesta, la dependencia dijo que no se identificaron erogaciones presupuestarias sobre el inicio y término de obras, porque la Residencia Oficial de Los Pinos no era considerada unidad ejecutora del gasto.
Informó que en relación a permisos requeridos a la Delegación Miguel Hidalgo, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), era la encargada de cumplir con las disposiciones reglamentarias y administrativas.
El recurso de revisión fue turnado a la ponencia de la comisionada Areli Cano que acreditó que las respuestas de las nueve solicitudes de información no contienen lo requerido y que la búsqueda realizada por la Presidencia se efectuó con base en un criterio restrictivo.
Es decir, el Estado Mayor se limitó a buscar de manera específica la información relativa a “modificaciones”, “adecuaciones” y/o “remodelaciones”, cuando lo peticionado fue “todos los documentos donde se hiciera referencia sobre dicha modificación o cambio”.
La comisionada Cano dijo que a partir de la revisión al contrato suscrito con la empresa DISEÑOS Y CONSTRUCCIONES GÉNESIS, S.A. DE C.V., se estima que si bien se le indicó a la particular la forma para consultarlo, no se le proporcionaron los diversos documentos que se generaron a partir de la formalización de dicho contrato.
Respecto al convenio de colaboración establecido con la SEDENA —PR-EMP-SEDENA-01—, que puso a disposición de la particular, se advirtió que no brindó certeza en cuanto a si los documentos que debieron generarse con motivo del mismo, obran en posesión de la Presidencia.
Cano Guadiana agregó que de ambos documentos, es decir, del contrato y convenio de colaboración, se infiere que sí se ejerció un gasto y que por lo tanto, debió proporcionarse ese dato al ciudadano.
La comisionada Cano hizo un llamado a Presidencia para que redoble esfuerzos y genere información que documente sus atribuciones favoreciendo la rendición de cuentas.
Agregó que en la medida en que Presidencia genere mayor información sobre las contrataciones en materia de obra, y en especial respecto de los temas de trascendencia social, el derecho de acceso a la información se verá fortalecido y como efecto se producirá mayor confianza y legitimidad de dicha Institución.