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A partir de mayo, todos los funcionarios públicos deberán hacer una declaración de posible conflicto de interés, pero sólo será pública si el servidor accede.
El secretario de la Función Pública, Virgilio Andrade, subrayó en entrevista, que la legislación actual no obliga a los funcionarios a publicitar su declaración patrimonial y en consecuencia, tampoco ocurrirá con el tema de conflicto de intereses.
Ayer la Secretaría de la Función Pública (SFP) publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto mediante el cual se obliga a los funcionarios públicos que a la par de hacer su declaración patrimonial, deberán hacer la de posible conflicto de interés.
Además exhibió, a través de su página de internet, tres acciones más con las que busca combatir la corrupción e impunidad en el país.
Sobre la investigación que se sigue en el caso del ex director de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), David Korenfeld, aseguró que será en los próximos días cuando se conozca la resolución final, y de la “casa blanca” aún se ahonda en la relación de funcionarios públicos con empresas privadas.
¿A qué responde la creación de estas nuevas medidas?
—Existe un punto de partida dado por el Presidente de la República para la Función Pública: abrir una serie de acciones, denominadas ejecutivas, para prevenir actos de corrupción y conflicto de interés de 206 mil funcionarios de 350 instituciones. Van a declarar quién fue el último vendedor de los inmuebles que posean los servidores públicos; a qué instituciones de carácter privado, sean empresas o incluso filantrópicas, pertenecen los servidores públicos en órganos directivos o en consejos de administración, cuál es la antigüedad que llevan y cuál es el giro, si es que es el caso de que pertenezcan a organizaciones de este tipo; y si tienen acciones, participaciones económicas o han celebrado algún contrato que implique un beneficio económico o lucro e igualmente con quién lo han hecho. También sobre las mismas situaciones respecto de cónyuges o de los hijos.
¿Esta será una declaración pública o como la patrimonial, sólo si el funcionario accede?
—La legislación vigente establece únicamente la posibilidad de que haya declaración patrimonial. La declaración del conflicto de interés forma parte en esta ocasión de la declaración patrimonial, por lo tanto el servidor público optará por hacerla pública o no.
¿Sí habrá veracidad? ¿En qué tiempo veremos resultados?
—Desde luego va a traer reflexiones en servidores públicos respecto de la manera como combinan su actividad pública y la actividad privada. Si bien es legítima en algunos casos, seguramente podrían presentarse situaciones en donde el servidor público hará la reflexión para hacer una mejor ponderación entre lo público y lo privado.
Cada servidor público debe reflexionar sobre la información que se debe conocer. En segundo lugar, la Función Pública, al tener la declaración de conflicto de intereses y si esto lo juntamos con otra medida que es la que consiste en tener la lista de los servidores públicos sujetos a contrataciones, tenemos elementos adicionales de transparencia. Es muy probable que reflexionen los servidores.
Con las medidas hoy creadas tenemos posibilidad de hacer hasta tres cruces, de los servidores públicos que participan en contrataciones públicas, que son 16 mil, y sabiendo la lista, además de lo que es público respecto de funcionarios superiores tendremos en el radar un régimen más transparente para así entender y para que el propio servidor público sepa que está observado respecto de la forma que interactúa con el sector privado.
¿Y qué pasa con los funcionarios que mientan?
—En cualquier parte del mundo y que existen en cualquier ámbito de la vida, se declara bajo protesta de decir verdad. Información que sea falsa es sujeta de observancia de la autoridad incluso a veces desde la perspectiva penal.
¿Es novedad el listado de servidores públicos involucrados en contrataciones?
—Es bien interesante porque esta lista se actualiza cada 15 días porque esta secretaría tiene también el registro de la nómina de los servidores públicos, entonces ese cruce ya se da automáticamente entre el registro de servidores públicos y este registro nuevo que son aquellos que participan en contrataciones. Tenemos la posibilidad de ver cuáles son las instituciones que realizan operaciones con el sector privado y de qué tipo, porque algunas otorgan licencias, otras otorgan permisos, otras prórrogas, otras enajenan bienes, entonces es una primera situación importante. Con nombre y apellido vemos quiénes tienen la responsabilidad de dar la última firma y la aprobación de este tipo de operaciones.
Habrá protocolo de contacto.
—El protocolo de contacto es una propuesta que estará sujeta a la opinión del público durante un mes y tiene el objeto de establecer un conjunto de reglas.
La lista de proveedores sancionados es algo que ya existía.
—Este portal ya existía, pero ahora podrá ser consultado de manera más ágil y con una actualización que hemos hecho respecto de las causas por las que fueron sancionados; se abunda más en el caso de cada uno de ellos.
¿Cuáles son los beneficios reales de estas medidas?
—El primer beneficio razonable es que se dan pasos adicionales en materia de transparencia porque se da a conocer de manera accesible información que es útil y necesaria en toda la operación cotidiana del gobierno y particularmente cuado se trata de establecer contacto con el sector privado.
El propio servidor público proporcionará información valiosa para también poder entender qué tipo de potencial conflicto de interés se está dando en la administración pública a qué nivel y con qué naturaleza.
¿El Poder Legislativo deberá hacer nuevas modificaciones?
—En materia de conflicto de interés, está obligado a legislar. Esto hoy pega a la ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, pero la Constitución incluso invita a hacer una nueva, porque en materia de conflicto de interés, fuera de tener un artículo indicativo de excusas en caso de que haya circunstancias específicas en el que se incurra con una relación familiar o afectiva, fuera de eso, lo que se pretende ahora es que se establezca sistemáticamente de manera más clara a partir de qué momento inicia un conflicto de interés, cuándo termina, con qué operaciones y cuál es la limitación que se pone a un particular que haya tenido eventual contacto con una persona que posteriormente pasó a ser servidor público.
¿Las medidas son a largo plazo?
—Son permanentes. Son medidas que han llegado para quedarse no hay ninguna que tenga elementos para ser desmontada. Son inamovibles porque pasan a formar parte de una estructura incluso inercial de transparencia y las que tienen naturaleza normativa ya tienen un espejo constitucional.
¿Cómo va el caso de la “casa blanca” y las otras que están sujetas a investigación?
—Es entendible que la sociedad tenga expectativas y es entendible que haya inquietud por conocer rápidamente de los casos. En el caso de la investigación, si bien no hay plazo fatal, desde luego que existe la convicción de hacerlo lo más rápido posible con la convicción de que tengamos los elementos puntuales de los hechos ocurridos y de las condiciones de cada uno de los contratos que las empresas hayan celebrado con el gobierno para poder dar el dictamen correspondiente. Se sigue recabando información.
¿Y el caso de David Korenfeld?
—En el caso de la Conagua existe un plazo límite: 45 días que ya van corriendo, entonces en unos días tendremos la resolución.