La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la declaración de validez de la elección y entrega de constancia de mayoría a Ramón Montalvo Hernández, postulado por el PRD a presidente municipal de Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México.

Sin embargo los magistrados modificaron la sentencia de la Sala Regional Toluca sólo en cuanto a los resultados de dos casillas, mismos que fueron invalidados, sin que se modificara el resultado, por lo que se confirmó la validez de la elección, la integración del ayuntamiento y asignación de regidurías.

Al revisar la integración de las casillas impugnadas se determinó que en las marcadas como 952 c-1 y 974 c-1 “distintas personas actuaron como funcionarios sin estar inscritos en el listado nominal, por lo que la votación debe anularse”.

En cambio en la casilla 960 c-1 los funcionarios impugnados sí están inscritos en la lista nominal correspondiente, por lo que los votos ahí recibidos fueron válidos.

Los recursos fueron promovidos por el PRI y por Morena, sin embargo fue el caso de este último partido el que se llevó más de una hora de discusión, pues la Sala Superior determinó que el promovente, Juan Ramón Laguna Hernández no acreditó haber sido nombrado legalmente como representante de ese partido.

La Sala no reconoció a Laguna como representante porque Morena no acreditó que el nombramiento haya sido realizado por el Congreso estatal, el Comité Ejecutivo Estatal o el presidente del partido en el estado de México como representante ante el Consejo Municipal de Valle de Chalco ni tampoco ofreció como prueba la notificación de ese nombramiento al presidente del Consejo General del Organo Local como lo ordena el código electoral mexiquense.

Sin embargo, el Tribunal entró a analizar el fondo del asunto para que no se diga que no hubo acceso a la justicia, expuso el magistrado Flavio Galván Rivera.

Galván incluso propuso declarar nulos todas los medios jurídicos que Laguna promovió en nombre de Morena sin tener la representación legal de ese partido, lo que incluiría el juicio que llevó a la revocación del resultado en Chalco, avalada por el Tribunal Electoral local, aunque luego fue revocado por la Sala Regional Toluca.

El magistrado propuso –sin éxito- dar vista al Senado de la República por la conducta de los magistrados locales, pues ilegalmente reconocieron personalidad jurídica a Laguna sin que cumplir los requisitos de las leyes locales, ni el estatuto de Morena.

Analizar si cubría los requisitos es materia básica, parte “del ABC de la justicia electoral”, valoró.

“En mi pueblo le llaman de otra forma: para que haya asado de liebre se requiere liebre.

“Y si aquí no hay legitimación procesal en quien pretende representar al partido, pues simple y sencillamente desde el punto de vista estrictamente jurídico no hay demanda y si no hay demanda no puede haber juicio y si no hay iniciación de juicio no hay litis y si no hay litis no puede haber sentencia”, aseveró.

afcl

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