CDMX

Alerta Amber modifica su protocolo de búsqueda

La vigencia será de 15 días naturales y se emitirán dos recordatorios; se podrá reavivar llamado después de tres meses, si hay nuevos datos

Alerta Amber modifica su protocolo de búsqueda
05/03/2016 |01:20Eduardo Hernández |
Redacción El Universal
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A partir de este sábado la Alerta Amber de la Ciudad de México tiene una temporalidad de vigencia de 15 días, lapso en el que se emitirán dos recordatorios de la misma.

El día de ayer, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se dieron a conocer las modificaciones al Protocolo Alerta Amber Distrito Federal de 2012, en el cual aumentaron lineamientos para mejorar la búsqueda de los menores de edad extraviados.

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En el apartado 10 del mencionado protocolo, donde se establecen los supuestos para la desactivación de la alerta, se aumentaron tres puntos, que en general indican sobre el tiempo que deberá ser difundido cada caso de extravío.

“La vigencia de la Alerta Amber será de 15 días naturales con el objeto de evitar un desgaste social y —durante estos días—, se emitirán dos recordatorios de la Alerta Amber”, se indica en el documento.

Asimismo, cuando alguna autoridad tenga conocimiento de la localización del menor extraviado solicitará a la Procuraduría General de Justicia (PGJ) de la Ciudad de México la desactivación de la alerta.

De acuerdo con la publicación firmada por el abogado de la Ciudad, Rodolfo Ríos Garza, en los casos de alertas que se hayan activado con anterioridad a las actuales modificaciones se buscará material para volverlo a difundir.

“Se realizará la progresión de edad por medio de un retrato de envejecimiento o bien, cuando el familiar del niño, niña o adolescente proporcione fotografías más recientes, debiendo difundirse la alerta nuevamente con la fotografía original y la de progresión de edad durante el periodo establecido”, se lee en el protocolo.

De la misma forma, se podrá reactivar la Alerta Amber cuando habiendo transcurrido más de tres meses y exista petición en la que se proporcionen nuevos datos referente a la media filiación del extraviado se pueda determinar la progresión de edad por medio de un retrato de envejecimiento, o bien cuando el familiar proporcione fotografías más recientes o nítidas o la autoridad responsable de la investigación lo considere conveniente para su localización.

El documento destaca que la responsabilidad de solicitar la desactivación recaerá en la autoridad que tenga conocimiento de que la desaparición y/o ausencia se encuentra relacionada con la comisión del delito como homicidio, trata de personas, secuestro, privación de la libertad y que implique un riesgo o peligro para elmenor involucrado.

Sobre este caso, la PGJ capitalina será informada y realizará la desactivación de la alerta, lo cual “deberá ser atendido de manera inmediata con la finalidad de no poner en riesgo o peligro su vida o integridad física y/o psicológica”.

Los criterios para activar la Alerta Amber son que la desaparición ocurra en la Ciudad de México, que el extraviado sea menor de edad y que se encuentre en peligro inminente, por motivo de sustracción, ausencia, extravío, desaparición o no localización y que existan datos suficientes.