Más Información
Ministro González Alcántara desecha 3 impugnaciones contra reforma judicial; las emitieron en Guanajuato y Chihuahua
Firma del PACIC: Sheinbaum se compromete a fijar precio máximo de canasta básica en 910 pesos; presume reducción de 129 pesos
Javier Corral votará en contra de reelección de Rosario Piedra en la CNDH, confirma Noroña; prevé dos rondas de votación
UNAM designa a Alejandro Chanona director de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales; fue diputado federal de MC
Sheinbaum garantiza permanencia de la Plataforma Nacional de Transparencia; funciones pasan a dos secretarías
El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) declaró inexistentes las violaciones expuestas contra la candidata electa del PAN a jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, Xóchitl Gálvez, por supuestos actos anticipados de campaña.
En un procedimiento especial sancionador, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) acusó a Gálvez de promocionar su imagen en diversos medios de comunicación nacional y Facebook, a través de manifestaciones en torno a su precandidatura, y al PAN por “culpa in vigilando” .
En la sesión de este día, el pleno del TEDF resolvió que son inexistentes la violaciones denunciadas y consecuentemente ni Xóchitl Gálvez ni el Partido Acción Nacional (PAN) son responsables de contravenir la normativa electoral.
En el proyecto de sentencia se propuso declarar la inexistencia de las violaciones alegadas, pues el contexto en el que se desarrollaron las notas y entrevistas denunciadas no se advierte promoción personalizada expresa o implícita de Gálvez.
Por otra parte, consideraron que la sola publicación de enlaces a notas periodística, como se precia en una fotografía anexada al escrito de denuncia de la red social Facebook de la denunciada, o sus actividades personales o partidistas, no constituyen un acto anticipado de campaña, ya que dicha información no se difunde de manera automática.
Los magistrados del tribunal electoral capitalino señalaron que conforme a lo expuesto tampoco se tiene al PAN como responsable indirecto.
ahc