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Alterar comprobantes de pago o permisos para residentes, negarse a la colocación de la araña, dañar los parquímetros o sus señalizaciones y ejercer el comercio en esos puntos de estacionamiento serán causa para ser puesto a disposición del Juez Cívico o al Ministerio Público.

A partir de este jueves entra en vigor el nuevo Reglamento para el Control de Estacionamiento en Vía Pública de la Ciudad de México, el cual tiene como objetivo el regular la instalación y cobro de los parquímetros.

De acuerdo con este reglamento, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Secretaría de Movilidad (Semovi) determinará las zonas de parquímetros, tomando en consideración el Plan General de Desarrollo de la Ciudad, el Programa Integral de Movilidad y el Manual de Dispositivos para el Control de Tránsito de la capital, entre otras disposiciones aplicables.

Además, establecerá las características técnicas de los sistemas, dispositivos e instrumentos para el control y cobro por estacionamiento en vía pública y supervisará la recaudación de los ingresos que se generen.

También la Semovi adoptará las medidas necesarias para la incorporación de nuevas tecnologías amigables con el medio ambiente en los sistemas para el control y cobro de estacionamiento en la vía pública, fomentando la innovación y tecnología sustentable.

La operación y cobro se podrá hacer por medio de terceros autorizados, mediante el otorgamiento de la concesión o instrumento jurídico previsto en la ley, donde se señala la normatividad aplicable.

La Secretaría de Finanzas será la encargada de concentrar, conciliar y registrar las operaciones y recursos provenientes de la recaudación por los ingresos, así como por el retiro del candado inmovilizador y los aprovechamientos por la imposición de la sanción correspondiente.

Por su parte, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de la Ciudad de México asignará a elementos de la Policía Preventiva en las zonas de estacionamiento para ejercer las multas o colocaciones de inmovilizadores; asimismo supervisará el retiro de los candados inmovilizadores de vehículos cuando el infractor haya pagado la multa y el derecho por el servicio de retiro del candado inmovilizador.

Este documento también muestra la competencia de la Oficialía Mayor, la cual formalizará las asignaciones que realice el Comité de Patrimonio Inmobiliario respecto de los espacios que se deban destinar para estacionamiento en vía pública y las demás que determine este reglamento y otros ordenamientos jurídicos aplicables.

Los gobiernos delegacionales serán los encargados de brindar mantenimiento a las zonas en las que se coloquen los parquímetros.

La nueva ley establece aspectos para la administración del estacionamiento en vía pública a través de parquímetros; de la instalación y operación de los mismos, así como de las obligaciones de los usuarios y de los terceros autorizados para su operación.

La Contraloría General de la Ciudad tendrá la facultad de inspección y vigilancia, por lo que podrá realizar auditorías para verificar el cumplimiento normativo en los parquímetros.

También se establecen obligaciones a los concesionarios del servicio, como mantener en condiciones óptimas los aparatos y entregar diario a Finanzas la totalidad del dinero recabado.

Se indica que en las zonas de parquímetros, los usuarios deberán cubrir el costo por adelantado del tiempo de ocupación de estacionamiento y en caso de que el aparato más cercano no funcione, deberá buscar el siguiente. Además, se deberá estacionar el vehículo únicamente en los cajones señalizados para tal efecto.

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