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La Procuraduría General de Justicia capitalina informó que mediante un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), impugnará el amparo directo concedido por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, a dos ex servidores públicos relacionados con el probable uso ilegal de atribuciones y facultades en la construcción de la Línea 12 del Metro. La Contraloría General de la Ciudad de México los inhabilitó por 15 años para ejercer cualquier cargo público.
La dependencia refirió que quedó en evidencia que en su decisión el tribunal no consideró ilícito que los servidores públicos hayan emitido una opinión favorable para adjudicar directamente un contrato de supervisión de obra, cuando la licitación de ésta había quedado desierta, lo que para la autoridad representa un claro fraude a la ley, pues de esa opinión derivó un contrato por adjudicación directa de la supervisión de una obra que no se iba a realizar.
En 2014, la Contraloría Interna en la Secretaría de Obras inició un procedimiento administrativo contra el ex Subdirector de Costos y Concursos, y el ex Jefe de Unidad Departamental de Concursos, de esa dependencia, por irregularidades en la asignación del contrato número 12. 07 CD 03.M.3.011, a favor de una empresa, por un monto de $ 1’070,520.13 para la supervisión de la construcción del “Proyecto Integral para la construcción de la Policlínica Tláhuac-Mixcoac”.
Ante esta situación, la Contraloría dio vista al agente del Ministerio Público de la Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.
Luego de diversas investigaciones, la Contraloría los encontró responsables, inhabilitándolos por 15 años. Dicha determinación se encuentra vigente y es a la fecha materia de litigio por parte de los servidores públicos.
En tanto, en materia penal el representante social ejercitó acción penal contra ambos ex trabajadores por el delito de uso ilegal de atribuciones, siendo procesados y sentenciados por la Tercera Sala Penal de la Ciudad de México a una pena de prisión de 1 año 15 días, la cual se conmutaba por una multa, además de una inhabilitación de 6 años 6 meses.
Sin embargo, por dicha determinación, los servidores públicos promovieron amparo ante un Tribunal Colegiado que determinó concedérselos y dejar sin efecto la sentencia penal que los condenaba.
Ante esta situación, se analiza la procedencia de un recurso de revisión del cual conocería la SCJN, si ésta determina que el asunto revierte importancia o trascendencia.
egm