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La Constitución de la Ciudad de México acumula seis controversias de inconstitucionalidad y un amparo porque hay contenido que contradice lo establecido en la Carta Magna federal, acusan los promoventes.
La Presidencia de la República y el Tribunal Superior de Justicia capitalino (TSJ) presentaron ayer controversias constitucionales contra diversos artículos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Éstas se suman a las que promovieron la Procuraduría General de la República (PGR), el pasado 7 de marzo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y los partidos Nueva Alianza y Morena, confirmaron fuentes consultadas de la SCJN.
Además, el doctor en Derecho Javier Quijano presentó un amparo ante la misma instancia.
Ayer por la noche, la SCJN confirmó que admitió cuatro de las controversias constitucionales: Morena, Nueva Alianza, PGR y CNDH.
El consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos, informó que en el recurso interpuesto por el Ejecutivo Federal se argumenta que la Constitución local invade facultades del ámbito federal. “Es decirle a la Corte: en nuestra opinión existe esta invasión de facultades que son exclusivas de la Federación, dinos si es correcto o no”, expresó Castillejos en una entrevista que concedió al periodista José Cárdenas en el espacio de Radio Fórmula.
La Presidencia de la República presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de 13 contenidos de la Constitución de la Ciudad de México. El Ejecutivo federal precisó que en 12 casos se invaden atribuciones del Congreso de la Unión, establecidas por la Constitución federal para legis-lar en materias de agua, uso médico y terapéutico de marihuana; ejecución de sanciones penales y reinserción social, justicia cívica y para adolescentes; inmigración; preservación de monumentos; en temas laborales, educativos y de seguridad pública.
A su vez, se impugna una disposición que, según la Presidencia, transgrede la competencia de la Corte para resolver controversias constitucionales entre la Ciudad y una de sus demarcaciones territoriales.
Por su parte, en la acción de inconstitucionalidad que interpuso el TSJ acusa presunta violación a la independencia y autonomía del Poder Judicial local. Los magistrados piden a la Corte revisar los artículos 35 y 37 de la Constitución capitalina, pues consideran que ambos preceptos quebrantan la autonomía e independencia del Poder Judicial capitalino.
El artículo 35 establece que el Consejo de la Judicatura se integrará por siete consejeros o consejeras designados por el Consejo Judicial Ciudadano. Asimismo, que el presupuesto del Poder Judicial será elaborado por el Consejo de la Judicatura.
A su vez, el artículo 37 establece la creación de un Consejo Judicial Ciudadano, cuyos integrantes serán designados por dos terceras partes del Congreso mediante convocatoria pública a propuesta de instituciones académicas, civiles y sociales.
En TSJ establece que estos artículos vulneran la autonomía e independencia del Poder Judicial y que de manera conjunta constituyen un sistema complejo de normas que inciden negativamente en su funcionamiento.
En tanto, el titular de la PGR, Raúl Cervantes Andrade, promovió la acción de inconstitucionalidad porque considera que existe contradicción en varios de los preceptos establecidos en la Constitución local y la Carta Magna federal; entre ellos, los relativos con los derechos humanos de asociación, a la identidad, de no discriminación e igualdad, así como libertad religiosa y secreto profesional.
Además se pronunció en contra de la invasión de facultades del Congreso de la Unión para legislar en materia de procuración de justicia, del sistema integral de justicia para adolescentes y de ejecución de sanciones.
Otros dos contenidos que podrán ser analizados en la SCJN son la revocación de mandato y los requisitos para declarar la nulidad de una elección, los cuales no son acordes con los que establece la Constitución federal.
En tanto, Morena acusó la inconstitucionalidad porque la Carta Magna local no fue sometida a referéndum para su ratificación.
En el recurso que interpusieron integrantes de este partido impugnaron la decisión de que la Constituyente se integró sólo con 50% de los legisladores de representación proporcional y 50% de los uninominales.
El Partido Nueva Alianza impugnó los artículos referentes al cabildo y al método de elección de alcaldes.