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La Asamblea Constituyente aprobó el artículo 12 de la Constitución de la Ciudad de México que garantiza, entre otros temas, la libertad de expresión y, en el caso de los periodistas, los derechos a desempeñarse de forma libre, al secreto profesional y se establece la cláusula de conciencia para salvaguardar la independencia y dignidad en el ejercicio de esta actividad.

En el inciso C, numeral 1, se estableció que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión y comunicación por cualquier medio, a ejercerla sin previa censura; a su vez, el derecho de réplica se aplicará en los términos de la ley que se haga para el caso.

En la sesión plenaria de ayer los diputados y periodistas Mayela Delgadillo y Fabrizio Mejía (Morena), y Katia D’Artigues y Miguel Ángel Velázquez (PRD), lograron establecer en el numeral 2 el derecho de quienes ejercen la función periodística “a desempeñarse de manera libre”.

Con la misma reserva, agregaron un tercer numeral para que no constituyan un delito “las denuncias o críticas contra servidores públicos o personas que ejercen recursos públicos o ejercen actos de autoridad”.

Además, reformaron otro numeral para que quienes sean perseguidos de forma arbitraria por su actividad profesional “realicen todos sus derechos en la Ciudad”.

En el texto se mantuvo el derecho al secreto profesional, la salvaguarda para no ser obligados a revelar fuentes de información, así como la cláusula de conciencia para preservar la independencia y dignidad, tanto personal como profesional, de los periodistas.

En el caso del derecho a la información, estos diputados consiguieron añadir un nuevo numeral para que las autoridades no puedan reservar “aquella información relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad”, ni cuando se trate de actos de corrupción, o de procesos deliberativos para la toma de decisiones de interés público, esto en apego a las leyes aplicables.

En tanto, Mauricio Tabe, diputado del PAN, impulsó una reforma para que cualquier órgano público o privado que realice “actos de interés público” transparente su información. Un caso son los consejos ciudadanos, que a partir de esta Constitución nombren a titulares de órganos autónomos.

Una reserva del diputado Roberto López se aprobó para que la libertad de expresión sólo sea limitada “en los casos que señale la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, como afectación a la vida privada.

Garantizan derecho a la protesta. Con 77 votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones, los diputados aprobaron en lo particular el artículo 12, que también incluye los derechos a la buena administración pública, a la libertad de reunión, el derecho a la privacidad, la protección de datos personales y a la protesta social.

Sobre éste último, se mantuvo la redacción del dictamen, pues no se admitieron reservas del PRD y Morena.

El artículo indica que la protesta social es un derecho individual y colectivo que se ejercerá de manera pacífica, queda prohibida su criminalización.

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