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Con cambios para limitar la propuesta original, diputados de la Asamblea Constituyente aprobaron la posibilidad de que la o el titular de la jefatura de Gobierno pueda establecer en cualquier momento un gobierno de coalición con otros partidos para garantizar la gobernabilidad y la mayoría en la toma de decisiones.

En la sesión de ayer, los legisladores redactaron de última hora una nueva reserva al artículo 39, a partir de propuestas del PAN y PRD, para especificar que el gobierno de coalición es optativo, se formará con uno o varios partidos representados en el Congreso, y añadieron disposiciones para formar coaliciones electorales.

La reserva, aprobada con 69 votos a favor y nueve en contra, define al gobierno de coalición como un “cuerpo colegiado” integrado por los titulares de las dependencias del gobierno capitalino, propuestos por el mandatario local y ratificados por el Congreso.

Patricia Ruiz Anchondo, de Morena, acusó que la intención de plasmar la figura es “desdibujar un nuevo proyecto” de gobierno, al decir que su partido encabeza las encuestas para gobernar la capital; en contraste el coordinador de esa fuerza política Bernardo Bátiz, apoyó la propuesta.

Manuel Oropeza, diputado del PRD, apoyó la reserva y respondió que “no es un tema electoral, es de mediano y largo plazo, un acuerdo político e institucional que garantice la gobernabilidad”.

Los legisladores rasuraron el proyecto enviado por Miguel Ángel Mancera respecto al gobierno de coalición; borraron los numerales siete y ocho, que facultaban al Congreso para aprobar mociones de interpelación sobre actos del titular del Ejecutivo local y para ejercer “mociones de censura” para destituir a la totalidad del gabinete.

Los legisladores aprobaron que para ser jefe de Gobierno, una persona que haya sido titular de una secretaría o subsecretaría del gobierno local o federa, deberá separarse de su puesto “al menos 180 días antes de la jornada electoral correspondiente”. La regla también aplica para legisladores, titulares o concejales de alcaldías, dependencias, unidades administrativas, órganos desconcentrados, autónomos, entidades paraestatales de la administración o de la Fiscalía General de Justicia.

Ahora el gobernante electo entrará en funciones el 5 de octubre del año de la elección y no el 5 de diciembre como ocurre ahora.

Los legisladores también definieron el artículo 38 sobre la administración pública de la ciudad, la cual “será centralizada y paraestatal y se regirá bajo los principios de innovación, atención ciudadana, gobierno abierto, integridad y plena accesibilidad con base en diseño universal”.

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