Más Información
Osiel Cárdenas, exlíder del Cártel del Golfo, recibe auto de formal prisión; enfrentará juicio por homicidio
Jóvenes mexicanos pasan más de 2 mil horas al año en el teléfono; OCDE alerta sobre su impacto en la salud mental
Sergio Gutiérrez Luna destaca aprobación de 25 reformas en la 66 Legislatura; "Un logro histórico para la 4T", señala
Secretario de Agricultura reafirma defensa del maíz blanco; "Seguiremos apoyando la producción nacional no transgénica", afirma
¿Maíz transgénero? Rubén Rocha corrige desliz durante discurso en Sinaloa; destaca importancia del maíz blanco
Sheinbaum asegura apoyo total a Sinaloa para enfrentar violencia; "Nunca los vamos a dejar solos, aquí está la presidenta"
metropoli@eluniversal.com.mx
El Gobierno de la Ciudad de México publicó el Programa de Contigencias Ambientales para 2017; los vehículos con holograma “0” y “00” seguirán estando exentos de las restricciones.
Conforme a los lineamientos publicados en la Gaceta Oficial local de ayer, la activación de la Fase I de Contingencia Ambiental por Ozono se realizará cuando el aire registre más de 150 puntos de ozono o partículas menores a 10 micrómetros (PM10).
En ese caso se restringirá la circulación de todos los vehículos con holograma de verificación “2”; para los vehículos con holograma de verificación “1” la restricción será de acuerdo con su terminación de placa y con base en la última activación.
La Fase II, que implica la restricción vehicular de todos los vehículos con holograma “1” y “2”, se activará cuando se registren más de 200 puntos.
Ésta será de las 5:00 de la mañana a las 22:00 horas, adicional al Programa Hoy No Circula Vigente en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM)
La suspensión para ambas fases se realizará 24 horas después de bajar a menos 150 puntos en la calidad del aire.
Además de los vehículos con holograma de verificación vehicular “0” y “00”, también quedarán exentos de la restricción para circular los vehículos eléctricos e híbridos que cuenten con el holograma correspondiente, los vehículos destinados a prestar servicios de emergencia, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, servicios urbanos y de vigilancia ambiental rotulados; vehículos de transporte escolar y de personal, los destinados a cortejos fúnebres, unidades para transportar o conducidos por personas con discapacidad, los vehículos destinados a transportar residuos peligrosos, y el servicio público de pasajeros y turismo como vagonetas, microbuses y autobuses.
Las disposiciones serán aplicables en la CDMX y 18 municipios conurbados del Estado de México: Atizapán, Coacalco, Chalco, Chicoloapan, Chimalhuacán, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec, Huixquilucan, Ixtapaluca, La Paz, Naucalpan, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, Tecámac, Tlalnepantla, Tultitlán y Valle de Chalco.