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La juez Belem Bolaños exhibió las deficiencias de Policías de Investigación y Ministerios Públicos de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJ) sobre la nueva justicia penal y los juicios orales, pues a consecuencia de esto, dejó en libertad al chofer que atropelló y mató a la ciclista Monserrat Paredes el año pasado.

Belem Bolaños dijo que el trabajo de los policías Alberto Andrés Paredes y Pablo Robles Mendoza fue deficiente, pues no aportaron elementos constituyentes de delito en la imputación que hicieron en contra del chofer, presunto responsable del homicidio doloso en contra de la ciclista.

Detalló también que los agentes investigadores no lograron ubicar a los testigos presenciales —pasajeros que iban dentro del transporte público al momento del accidente— por lo que nunca fueron a las audiencias a pesar de que les dieron dos meses para la indagatoria; en vez de eso, los uniformados llevaron 22 testigos, en su mayoría peritos que al momento de explicar sus pruebas, no aplicaron la oralidad.

A decir de la juzgadora, el trabajo de los agentes de investigación y de los Ministerios Públicos consistió en demostrar cómo murió la ciclista, la mecánica de hechos y las causas de muerte, más nunca dieron una prueba contundente de que el chofer, en realidad, era el que iba conduciendo la unidad, ni tampoco comprobaron su participación en el evento.

El momento más álgido fue cuando la juez Belem Bolaños, a manera de regaño, les explicó a los Ministerios Públicos y al asesor jurídico de la procuraduría capitalina que fallaron además a pesar de que una persona de la Secretaría de Movilidad (Semovi) los ayudó a encontrar el camión que atropelló a la joven y al chofer. Éste nunca fue llevado a la audiencia como testigo.

Además la bitácora del estacionamiento donde fue resguardada la unidad involucrada el día de los hechos no tenía fecha, ni rúbrica del chofer.

Así, Bolaños refrendó que el imputado quedó exonerado que los elementos de la procuraduría capitalina tienen 10 días (a partir de ayer) para apelar la sentencia, no obstante los Ministerios Públicos optaron por no hacerlo.

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